Ayudas de Industria Agroalimentaria Lácteos
El presente Reglamento establece, con carácter temporal y excepcional, un régimen de ayuda al almacenamiento privado de los quesos de los códigos NC 0406 20, 0406 30, 0406 40 y 0406 90 y de cuajada congelada del código NC 0406 10.
El volumen máximo de producto sujeto a este régimen temporal se fija en 155.000 toneladas.
La presente Orden tiene por objeto instrumentar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la concesión de la ayuda para el suministro de leche y determinados productos lácteos a los alumnos de centros escolares en desarrollo de lo establecido en el Real Decreto 487/2010, de 23 de abril.
La solicitud se presentará como mínimo un mes antes del comienzo del período en el que se vaya a realizar el suministro de productos con opción a ayuda.
El presente Reglamento prevé la concesión de una ayuda para el almacenamiento privado de mantequilla salada y sin salar, tal como se contempla en el artículo 28, letra a), del Reglamento (CE) nº 1234/2007, para los contratos que se celebren a partir del 1 de marzo de 2013.
La entrada en almacenamiento contractual tendrá lugar entre el 1 de marzo y el 15 de agosto de 2013. La salida del almacén solo podrá tener lugar a partir del 16 de agosto de 2013. El almacenamiento contractual finalizará el día anterior al de retirada del almacén o, a más tardar, el último día del mes de febrero siguiente al año de entrada en almacenamiento.
La ayuda solo podrá concederse cuando el período contractual de almacenamiento oscile entre 90 y 210 días.
Importe de las ayudas a la leche desnatada en polvo.
Anuales
Ayuda comunitaria al almacenamiento privado de determinados quesos