Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
Contrato para el desarrollo de tecnología para disminuir las capturas accidentales de especies protegidas de la fauna marina
Tener una lista de zonas y piscifactorías autorizadas con relación SHV y NHI
Cuando el importe de la cotización de base o el importe de la cotización B es inferior al importe máximo contemplado en el artículo
15, apartados 3 y 4, del Reglamento (CE) nº 1260/2001, los fabricantes de azúcar tienen la obligación de pagar a los vendedores de remolacha el 60 % de la diferencia entre el importe máximo y el importe que deba percibirse de la cotización de base o la cotización B.
En lugar del certificado fitosanitario usado en el comercio internacional, los vegetales, sus embalajes o los vehículos que los transporten deben ir acompañados de un pasaporte fitosanitario adecuado al tipo de producto que garantice su libre circulación en la Comunidad o en las zonas de ésta para las que sea válido.
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Se procede a:
Modificación del 1472/2000, de 4 de agosto, por el que se regula el potencial de producción vitivinícola.
Modificación del Real Decreto 1227/2001, de 8 de noviembre, sobre declaraciones de existencias, cosecha de uva y producción del sector vitivinícola.
Se crea, adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Comité Técnico para la Promoción de los Vinos de España, que tendrá carácter consultivo.
Posteriormente y advertido error en el Real Decreto 373/2003 de 28 de marzo, se procede a efectuar la debida rectificación del Anexo I.
Mediante el REG2005/46 se establece el 15 de enero como fecha límite para las declaraciones de cosecha, las declaraciones de producción, tratamiento y/o comercialización.
Se establece una excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1282/2001 en lo que atañe a la fecha límite de presentación de las declaraciones de cosecha y de producción para la campaña 2005/06.
Disposiciones especiales para los contingentes arancelarios para los tomates originarios de Marruecos.
Modificación del Reglamento 721/2001 y sustitución del anexo II