Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
Tras la realización de las asignaciones indicativas, finalmente, para una superficie de 23.902 Ha, a España se asigna la cantidad de 160.033.831¿, de cara a la ayuda a la reconversión y reestructuración del viñedo.
En la presente Decisión se establecen:
a) las medidas de bioseguridad que deben aplicarse en las explotaciones que crían aves de corral destinadas a la repoblación de la caza silvestre; y
b) las medidas de vigilancia que deben aplicarse cuando se envían aves de corral de explotación destinadas a la repoblación de la caza silvestre a otros Estados miembros o a terceros países.
El presente Convenio establece y regula las normas por las cuales han de regirse las condiciones laborales del personal que presta sus servicios en Agroexpansión, S.A.
Establecer un sistema común de notificación e información sobre los movimientos transfronterizos de organismos modificados genéticamente (OMG), con el fin de contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de OMG que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana.
Se prorroga la homologación, del contrato-tipo de compraventa de peras «Williams» y «Rocha» con destino a pera en almíbar y/o jugo natural de frutas, cuyo texto figura en el anexo de esta Orden.
Establecer las bases generales de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el seguimiento del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujesky.
Objetivos prioritarios:
- Evitar la aparición de casos de la enfermedad de Aujesky
- Detectar los animales enfermos.
- Incrementar el número de animales vacunados como medida preventiva.
El 22 de marzo de 2005, las autoridades de los Estados Unidos de América (en lo sucesivo, «las autoridades de los EE.UU.») informaron a la Comisión de que era probable que productos de maíz contaminados con el maíz genéticamente modificado llamado «Bt10» (en lo sucesivo, «los productos contaminados»), cuya comercialización no está autorizada en la Comunidad, hubieran sido exportados a la Comunidad desde 2001 y continuaran siéndolo. Además, dichas autoridades pusieron en conocimiento de la Comisión que la comercialización de esos productos tampoco está autorizada en los Estados Unidos de América.
Las medidas a tomar por parte de los Estados miembros afectan a los siguientes productos originarios de los Estados Unidos de América:
¿ piensos de gluten de maíz que contengan o hayan sido producidos a partir de maíz genéticamente modificado, incluidos en la subpartida de la Nomenclatura combinada 2309 90 20,
¿ bagazo de cerveza que contenga o haya sido producido a partir de maíz genéticamente modificado, incluido en la subpartida de la Nomenclatura combinada 2303 30 00.
Objetivos y fines:
La promoción de la investigación científico-técnica en el ámbito de los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos, el fomento y la realización de estudios, trabajos y proyectos relacionados con el sector agrícola.
La promoción de la actividad cultural en el ámbito corporativo y en la vida colegial.
La dotación a los colegiados de la opción de desarrollar sus inquietudes profesionales en el marco de la institución colegial, el establecimiento de relaciones de colaboración y cooperación con toda clase de instituciones públicas y privadas, favorecer y apoyar la realización de prácticas en la formación de nuevos titulados en la ingeniería agronómica.
En este programa se establece un conjunto de posibles medidas fitosanitarias, que se califican de utilidad pública, dirigidas a prevenir el desarrollo de las poblaciones endémicas de la mosca mediterránea de la fruta, las cuales individualmente y en conjunto constituyen actualmente una alternativa eficaz a los tratamientos insecticidas convencionales.
Por este Real Decreto se incorporan los espárragos al régimen de denominaciones de origen, genéricas y específicas, establecido en la Ley 25/1970, de 2 de diciembre por la que se aprobó el Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes, y en la que se preveían nuevas incorporaciones de productos agrarios cuya protección de calidad tenga especial interés económico y social.