Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
En este programa se establece un conjunto de posibles medidas fitosanitarias, que se califican de utilidad pública, dirigidas a prevenir el desarrollo de las poblaciones endémicas de la mosca mediterránea de la fruta, las cuales individualmente y en conjunto constituyen actualmente una alternativa eficaz a los tratamientos insecticidas convencionales.
- Establecer una organización común de mercados en el sector del lúpulo, que comprende normas aplicables a la comercialización, a las agrupaciones de productores y a los intercambios con terceros países en lo que respecta a los productos siguientes: Conos de lúpulo frescos o secos, incluso quebrantados, molidos o en pellets; lupulino.
- Las normas del presente Reglamento relativas a la comercialización y a los intercambios con terceros países se aplicarán, además, a los productos siguientes: Jugos y extractos vegetales de lúpulo.
La aplicación de la normativa deberá permitir eliminar del mercado los productos de calidad insatisfactoria, orientar la producción a las exigencias de los consumidores y facilitar las relaciones comerciales en un marco de competencia leal, contribuyendo así a aumentar la rentabilidad de la producción.
El objeto del presente Convenio es la encomienda de gestión a la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía por parte de la OEVV para que realice los trabajos relativos al examen técnico preceptivo de las especies, número de variedades y localidades que figuran en el Anexo 1, de conformidad con el Plan de Trabajo que
se recoge en el Anexo 2.
España
Laboratorio Arbitral Agroalimentario
Carretera de La Coruña, km 10,700
ES-28023 Madrid
El ámbito de aplicación del seguro combinado y de daños excepcionales en acelga y espinaca, regulado en la presente Orden, que cubre los riesgos de pedrisco, inundación-lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales, serán todas las parcelas que se encuentren situadas en todo el territorio nacional.
Queda prohibida la pesca de cerco, a los buques españoles, en las aguas exteriores situadas frente al litoral de la Región de Murcia, entre el día 8 de diciembre de 2005 y el día 31 de enero de 2006, ambos inclusive.