Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
Se establece el Laboratorio de Control de Calidad de los Recursos Pesqueros, ubicado en Cartaya (Huelva), como Centro Periférico de la Consejería de Agricultura y Pesca de los previstos en el artículo 16 del Decreto 4/1996, de 9 de enero, sobre las Oficinas Comarcales Agrarias y otros Servicios y Centros Periféricos de la Consejería.
Establecer un plan de pesca de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral surmediterráneo.
- Establecer una organización común de mercados en el sector del lúpulo, que comprende normas aplicables a la comercialización, a las agrupaciones de productores y a los intercambios con terceros países en lo que respecta a los productos siguientes: Conos de lúpulo frescos o secos, incluso quebrantados, molidos o en pellets; lupulino.
- Las normas del presente Reglamento relativas a la comercialización y a los intercambios con terceros países se aplicarán, además, a los productos siguientes: Jugos y extractos vegetales de lúpulo.
Establecer el listado de zonas y piscifactoría en relación con SHV y NHI.
Se aprueban los requisitos generales que deberán cumplir los centros de manipulación y las industrias de transformación para la utilización del distintivo de la Marca de Garantía de Producción Integrada de Andalucía.
España
Laboratorio Arbitral Agroalimentario
Carretera de La Coruña, km 10,700
ES-28023 Madrid
Se ordena la vacunación de emergencia de animales adultos de las especies ovina y caprina como herramienta sanitaria de probada eficacia para cortar la excreción brucelar en animales enfermos en determinados municipios y comarcas.