Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
Establecer la normativa básica aplicable en el sector del tabaco en lo que respecta al régimen de cuotas de producción (en lo sucesivo, cuotas), de primas y de ayuda específica que se concede a las agrupaciones de productores. Asimismo, se definen las condiciones que deben reunir las agrupaciones y las empresas de primera transformación para ser autorizadas.
Establecer los criterios específicos de pureza de los aditivos alimentarios distintos de loscolorantes y edulcorantes
1. La presente Directiva se aplicará a los pollos destinados a la producción de carne.
Sin embargo, no se aplicará a:
a) las explotaciones con menos de 500 pollos;
b) las explotaciones en las que solo haya pollos reproductores;
c) las instalaciones de incubación;
d) la cría extensiva en gallinero ni la cría de pollos en gallinero con salida libre, en granja al aire libre ni en granja de cría en libertad, contempladas en el anexo IV, letras b), c), d) y e), del Reglamento (CEE) nº 1538/91 de la Comisión, de 5 de junio de 1991, que establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) nº 1906/90 por el que se establecen normas de comercialización aplicables a las aves de corral (6), y
e) la producción ecológica de pollos, de conformidad con Reglamento (CEE) no 2092/91 del Consejo, de 24 de junio de 1991, sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios (1).
2. La presente Directiva se aplicará a la población de cría las explotaciones que cuenten con poblaciones de reproducción y de cría.
Los Estados miembros podrán tomar medidas más rigurosas el ámbito regulado por la presente Directiva.
El propietario o el criador de los animales es el primer responsable
de su bienestar.
Por este Real Decreto se incorporan las berenjenas al régimen de denominaciones de origen, genéricas y específicas, establecido en la Ley 25/1970, de 2 de diciembre por la que se aprobó el Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes, y en la que se preveían nuevas incorporaciones de productos agrarios cuya protección de calidad tenga especial interés económico y social.
El establecimiento del régimen de explotación de las variedades vegetales de titularidad compartida entre los organismos intervinientes.
Establecer los principios generales para la realización del control oficial de los productos alimenticios.
Se autoriza al Instituto Andaluz de Reforma Agraria a conceder una subvención por importe de 32.854.335,00 euros (treinta y dos millones ochocientos cincuenta y cuatro mil trescientos treinta y cinco euros ) a la Comunidad de Regantes del Canal de la Margen Derecha del Bembézar, en los tt.mm. de Hornachuelos (Córdoba), Peñaflor y Lora del Río (Sevilla), para favorecer el ahorro de agua mediante la modernización y mejora de sus regadíos.
El objeto del presente regalamento es definir las normas aplicables a los productos lácteos en el momento de su comercialización.