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Normativas de Agricultura

Normativas de Agricultura

13-12-2003
Objeto:

Se establecen modificaciones del Reglamento 1799/2001 en aspectos como el contenido mínimo en zumo, escalas de calibre, homogeneidad de calibres, y características comerciales.

28-11-2003
Objeto:

Se crea la Comisión interministerial de investigación agraria, alimentaria y de desarrollo rural, como órgano de coordinación entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y el de Agricultura, Pesca y Alimentación, para la identificación de líneas generales de actuación, en relación con las funciones de investigación y de apoyo técnico científico del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en adelante, INIA), en materia de investigación agroalimentaria, así como de todas aquellas que resulten necesarias para la consecución de los objetivos de las políticas agraria y alimentaria del Gobierno, en particular en el ámbito de las variedades vegetales.

07-11-2003
Objeto:

Hacer públicas aquellas buenas prácticas agrarias y oleotécnicas que la Consejería de Agricultura y Pesca considera fundamentales en la producción de aceites de calidad, así como difundir unos principios que sirvan de base al sector cara a la implantación de sistemas de trazabilidad en el proceso de producción y comercialización.

18-10-2003
Objeto:

Establecer un marco para regular la trazabilidad de productos que contienen o están compuestos por organismos modificados genéticamente (OMG), y de los alimentos y piensos producidos a partir de OMG, con el fin de facilitar el etiquetado preciso, el seguimiento de los efectos en el medio ambiente y, cuando proceda, sobre la salud, y la aplicación de las medidas de gestión de riesgo adecuadas, incluida, en caso necesario, la retirada de los productos.

25-09-2003
Objeto:

Se modifican aspectos de la Orden de 11 de mayo acerca del Registro de Nacional de Industrias Productoras de aceituna de Mesa, y se deroga la Orden de 19 de octubre de 1999 relativa a la constitución y mantenimiento del Registro de Industrias Productoras de Aceituna de Mesa autorizadas para calificar ayudas a la producción.

30-08-2003
Objeto:

La ayuda financiera a los programas operativos aprobados a las Organizaciones de Productores de frutas y hortalizas, se abonará a más tardar el 15 de octubre del año siguiente al de la anualidad del programa.

Esto será de aplicación a las anualidades de los programas operativos abonables a partir del año 2003.

20-08-2003
Objeto:

La aplicación de la norma debe permitir eliminar del mercado los productos de calidad insatisfactoria, orientar la producción a las exigencias de los consumidores y facilitar las relaciones comerciales en un marco de competencia leal, contribuyendo así a aumentar la rentabilidad de la producción.

20-08-2003
Objeto:

Mediante la aplicación de la norma se pretende eliminar del mercado los productos de calidad insatisfactoria, orientar la producción a las exigencias de los consumidores y facilitar las relaciones comerciales en un marco de competencia leal, contribuyendo así a aumentar la rentabilidad de la producción.

02-08-2003
Objeto:

El presente Reglamento establece las medidas destinadas a mejorar las condiciones de la producción y comercialización de la miel natural con arreglo a la definición que figura en la Directiva 74/409/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1974, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la miel (1). A dicho efecto los Estados miembros podrán establecer programas nacionales anuales.

29-07-2003
Objeto:

Al elaborar las estrategias y mejores prácticas nacionales de coexistencia, los Estados miembros deben seguir las Directrices que figuran en el anexo de la Recomendación.

La coexistencia hace referencia a la capacidad de los agricultores de escoger en la práctica entre la producción convencional, la producción ecológica y la producción de cultivos modificados genéticamente, cumpliendo las obligaciones legales sobre normas de etiquetado y de pureza.

El asunto de la coexistencia que se aborda en la presente Recomendación atañe a las posibles pérdidas económicas y repercusiones de la mezcla de cultivos modificados genéticamente y cultivos no modificados genéticamente, y a las medidas de gestión más apropiadas que pueden adoptarse para reducir al mínimo la mezcla.

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