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Normativas de Agricultura

Normativas de Agricultura

27-06-2003
Objeto:

Ampliación con nuevas especies, del ámbito de aplicación de las normas para la concesión de autorización provisional de comercialización (Resolución de 22 de marzo de 1994).

Esta medida se encamina a posibilitarla rápida introducción y ensayo a gran escala de novedades vegetales, en especies de aprovechamiento hortícola que no se encuentren inscritas en el Registro de Variedades Comerciales ni en el Catálogo Común correspondiente y hayan presentado la solicitud de inscripción en el citado Registro

Será de aplicación para variedades de Alcachofa, Berenjena, Broculi, Calabacín, Cebolla, Espárrago, Judía, Lechuga, Melón, Pepino, Pimiento, Sandía, Tomate y Zanahoria.

20-06-2003
Objeto:

a) La determinación del régimen jurídico aplicable a los productos agroalimentarios de origen andaluz susceptibles de utilizar indicaciones referentes al método de producción ecológica.

b) La designación de la autoridad competente a los efectos establecidos en los artículos 8 y 9 del Reglamento (CEE) núm. 2092/91, del Consejo, de 24 de junio de 1991, sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios, y en el artículo 5 del Real Decreto

1852/1993, de 22 de octubre, sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios.

c) La creación del Consejo Andaluz de la Producción Ecológica como órgano consultivo y de asesoramiento en materia de producción agroalimentaria ecológica.

d) El establecimiento del régimen de autorización de los organismos privados de control.

23-04-2003
Objeto:

Se da publicidad del depósito de la escritura pública de Adaptación-Modificación de los Estatutos de la entidad Federación Andaluza de Empresas Cooperativas Agrarias FAECA, y su inscripción en el Libro de Federaciones y Asociaciones Cooperativas, de esta Unidad Central del Registro de Cooperativas Andaluzas.

15-04-2003
Objeto:

Se establecen en el sector del alcohol etílico de origen agrícola medidas específicas que regularán los productos siguientes:

Alcohol etílico sin desnaturalizar, con grado alcohólico volumétrico superior o igual al 80 % vol, obtenido a partir de los productos agrícolas mencionados en el anexo I del Tratado.

Alcohol etílico y aguardientes desnaturalizados, de cualquier graduación, obtenido a partir de los productos agrícolas mencionados en el anexo I del Tratado.

Alcohol etílico sin desnaturalizar, con grado alcohólico volumétrico inferior al 80 % vol, obtenido a partir de los productos agrícolas mencionados en el anexo I del Tratado.

09-04-2003
Objeto:

El presente Reglamento especifica las acciones que deberán realizarse y las normas que deberán cumplirse, dirigidas a mejorar a escala regional la calidad de la producción oleícola y sus efectos en el medio ambiente.

Estas acciones se referirán a ciclos de producción de doce meses que comenzarán el 1 de mayo de cada año.

01-02-2003
Objeto:

En los documentos que se proporcionan en la base legal, disponemos la renovación de la legislación reciente relativa a exportación e importación de cereales y productos a base de cereales, que tratan aspectos tales como la fijación y modificación de precios representativos, importes de los derechos adicionales, restituciones, derechos y valores globales de importación, ofertas para la exportación, licitaciones, etc.

30-11-2002
Objeto:

La modificación por parte del Reglamento 2137/2002, afecta en la supresión de dos de las tres listas de variedades que figuran en el apéndice del anexo del Reglamento 2789/99, y algunos otros aspectos de este último (requisitos mínimos de calidad, calibrado, y tolerancias de calibre)

15-11-2002
Objeto:

Se crea, adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Consejo Español de Vitivinicultura, que tendrá carácter consultivo.

La actual regulación del sector vitivinícola se encuentra recogida, sustancialmente, en la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto 835/1972, de 23 de marzo. Actualmente se está elaborando un anteproyecto de Ley, que, con el carácter de normativa básica, sustituya al ya obsoleto Estatuto de la Viña, el Vino y los Alcoholes.

Esta regulación ha sido modificada sustancialmente por la normativa comunitaria Reglamento (CE) número 1493/1 999 del Consejo de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola. Así mismo, las Comunidades Autónomas han asumido competencias exclusivas en materia de Agricultura y Denominaciones de Origen, supone un nuevo planteamiento de las relaciones entre las distintas Administraciones públicas.

Existe necesidad de contar con un órgano de asesoramiento y coordinación de las Administraciones Públicas y de los sectores involucrados en la vitivinicultura, pues España es el tercer país productor de vino, con una exportación cada año de unos diez millones y medio de hectolitros de vinos y mostos y a pesar de ello con grandes excedentes, aconsejan, a instancias del propio sector, crear el Consejo Español de Vitivinicultura, sin dilatarlo hasta la aprobación de la futura Ley de la Viña y el Vino.

12-09-2002
Objeto:

La OCM en el sector de las frutas y hortalizas, dispone, en su artículo 18, que las organizaciones de productores o sus asociaciones, representativas de la producción y de los productores de una circunscripción económica con relación a un producto dado, podrán solicitar que, en determinadas condiciones, sean obligatorias para todos los productores establecidos en dicha circunscripción económica normas en materia de conocimiento de la producción, de producción, de comercialización y de protección del medio ambiente, así como en materia de retiradas (extensión de normas).

22-04-2000
Objeto:

Es objeto del presente Decreto la regulación de las autorizaciones administrativas de las actividades de valorización y eliminación de residuos, así como la gestión de los residuos plásticos agrícolas.

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Jueves, 28 de Marzo de 2024
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