Normativas de Industria Agroalimentaria Aceites y Grasas
Normativas de Industria Agroalimentaria Aceites y Grasas
La Agencia para el Aceite de Oliva, ha elaborado su carta de servicios, instrumento a través del cual informa a los ciudadanos sobre los servicios que tiene encomendados y sobre los compromisos de calidad en su prestación.
Se aprueba la Carta de Servicios, que posteriormente será publicada en el BOE.
Regular la aprobación provisional, modificación y seguimiento de la ejecución de los programas de actividades de las organizaciones de operadores del sector oleícola, en el marco de lo dispuesto en la normativa comunitaria:
Reglamento (CE) 1334/2002
Reglamento (CE) 1638/98
Además de en el Decreto 177/2003, de 14 de febrero, por el que se regulan las organizaciones de operadores del sector oleícola, y la Orden APA/691/2003, de 26 de marzo, por la que se modifican determinados plazos relativos a los programas de actividades previstos en el Real Decreto 177/2003.
Una vez transmitida la solicitud de registro como Denominación de Origen Protegida para el aceite de oliva virgen Sierra de Cazorla y aprobado el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Sierra de Cazorla y de su Consejo Regulador, por Orden de 9 de noviembre de 2000, y modificado por Orden de 7 de febrero de 2001 (BOJA), la Orden de 10 de abril de 2001 (BOE) ratifica esta última
La Orden de 11 de febrero de 2003 modifica al reglamento en cuestión de los envases, determinando que los aceites serán envasados y expedidos en los recipientes que no perjudiquen su calidad y prestigio, y que sean autorizados por el Consejo Regulador.