Normativas de Pesca y Acuicultura
Normativas de Pesca y Acuicultura
Regular la puesta en el mercado de animales y productos de la acuicultura.
Establecer las normas de sanidad animal que regulan la puesta en el mercado de animales y productos de la acuicultura.
Instrumento de Adhesión de España al Acuerdo por el que se establece la Organización Internacional para el desarrollo de la pesca en Europa Oriental y Central (EUROFISH), hecho en Copenhague el 23 de mayo de 2000.
El presente Real Decreto tiene por objeto establecer las normas por las que ha de regirse el ejercicio de la pesca con artes menores y las características técnicas de los mismos, así como la regulación del esfuerzo de pesca ejercido con dichos artes.
El presente Real Decreto será de aplicación a los buques de pabellón español que ejerciten la pesca en aguas exteriores del Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, comprendido entre la desembocadura del Guadiana y el meridiano de Punta Marroquí (05 o 36 W).
Tallas mínimas autorizadas para el caladero mediterráneo
Regulación del ejercicio de la pesca con el arte de almadraba situada en aguas exteriores bajo soberanía o jurisdicción española, estableciendo las características técnicas y las condiciones de empleo de estos artes, así como el establecimiento de los requisitos y condiciones para el otorgamiento de la licencia de pesca con almadraba.
Queda constituido un Comité científico, técnico y económico de pesca, en lo sucesivo denominado «el CCTEP».
Acuerdo de colaboración
Se establece un plan para la pesca del voraz en determinadas zonas del Estrecho de Gibraltar
Regulación de las condiciones de uso de la marca «Pescado de la Costa».
La finalidad de la Marca es identificar y diferenciar los productos frescos de la pesca que además de reunir las condiciones del artículo 4 se comercialicen en primera venta en una lonja andaluza que reúna los requisitos contemplados en el Anexo 2.