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Normativas

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01-07-2013
Objeto:

Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

28-06-2013
Objeto:

Visto el texto del Convenio colectivo estatal de las empresas de desinfección, desinsectación y desratización (código de convenio n.º 99007605011992), para el período 2012-2013, que fue suscrito, con fecha 1 de octubre de 2012, de una parte por la Asociación Nacional de Empresas de Control de Plagas (ANECPLA), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FeS-UGT y la Federación Estatal de AA.DD. de CC.OO., en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Empleo resuelve:


Primero: Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.


Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

26-06-2013
Objeto:

Se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras con el contenido que figura en el anexo de la presente disposición.

 

Queda derogada la Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras.

 

Mediante esta orden se incorpora al derecho español la Directiva 2009/74/CE, de la Comisión, de 26 de junio de 2009, por la que se modifican las Directivas 66/401/CEE, 66/402/CEE, 2002/55/CE y 2002/57/CE del Consejo en lo que respecta a los nombres botánicos de las plantas y los nombres científicos de otros organismos, y determinados anexos de las Directivas 66/401/CEE, 66/402/CEE, 2002/57/CE, a la luz de la evolución del conocimiento científico y técnico.

 

21-06-2013
Objeto:

Emitir decisión favorable respecto a la solicitud de inscripción en el Registro comunitario de la Denominación de Origen Protegida «Pasas de Málaga», presentada por el Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen «Málaga», «Sierras de Málaga» y «Pasas de Málaga», y publicar, como Anexo de la presente Resolución, el pliego de condiciones en el que se ha basado dicha decisión. Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en los apartados 3 y 4 del artículo 9 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, la presente Resolución deberá ser notificada al interesado, y deberá ser publicada en el diario oficial correspondiente junto con el pliego de condiciones.

 

Resolución de 12 de mayo de 2011 (protección nacional transitoria)

La publicación en el Boletín Oficial del Estado del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida (DOP) «Pasas de Málaga», publicado como anexo de la Orden de 15 de septiembre de 2010 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el 23 de septiembre de 2010, y que figura como anexo a la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 1069/2007, de 27 de julio, a los efectos de la protección nacional transitoria prevista en el artículo 5.6 del Reglamento (CE) 510/2006, de 20 de marzo de 2006.

 

Reglamento de Ejecución (UE) nº 579/2013.

Queda registrada la denominación que figura en el anexo I del presente Reglamento.

18-06-2013
Objeto:

La cuota de pesca asignada para el año 2013 al Estado miembro mencionado en el anexo del presente Reglamento respecto a la población citada en dicho anexo se considerará agotada a partir de la fecha indicada en este.

 

Se prohíben las actividades pesqueras dirigidas a la población citada en el anexo del presente Reglamento por parte de los buques que enarbolan pabellón del Estado miembro o que están matriculados en el Estado miembro mencionado en dicho anexo a partir de la fecha indicada en este. Estará prohibido, en par­ticular, mantener a bordo, trasladar, transbordar o desembarcar capturas de esta población efectuadas por tales buques después de la fecha en cuestión.

 

17-06-2013
Objeto:

Establecer las medidas de lucha mínimas que se deben aplicar en caso de foco de fiebre aftosa, independientemente del tipo de virus, así como determinadas medidas preventivas destinadas a mejorar la concienciación y la preparación de las autoridades competentes y de los ganaderos ante la fiebre aftosa.

15-06-2013
Objeto:

El objetivo de esta norma es, en consecuencia, aprobar un catálogo de medidas que afectan a diversos departamentos ministeriales, abarcando aspectos tales como las ayudas por daños personales o la disminución de las cargas tributarias, para intentar paliar el impacto en los ciudadanos y las empresas afectados.

 

Sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas, la magnitud de los daños ocasionados y la necesidad de asegurar la realización de determinadas actuaciones de restauración de carácter prioritario aconsejan la participación de la Administración General del Estado en las tareas de restauración forestal y medioambiental, en virtud del principio de cooperación interadministrativa.

 

Por otra parte, el hecho de que no haya terminado de evaluarse el daño producido en algunas de las catástrofes acaecidas hace necesario que se contemple la posibilidad de complementar esta norma desde un punto de vista presupuestario, pero no es excusa para demorar la aplicación de aquellas medidas más perentorias que deben contribuir a recuperar, en la medida de lo posible, la normalidad en las zonas afectadas.

 

14-06-2013
Objeto:

 Dar publicidad a los modelos normalizados de receta veterinaria para la prescripción de medicamentos veterinarios y piensos medicamentosos que se recogen en el Anexo a esta Resolución.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

14-06-2013
Objeto:

Esta orden tiene por objeto actualizar el contenido del Registro Nacional de Lodos y la información que deben proporcionar las instalaciones depuradoras de aguas residuales, las instalaciones de tratamiento de los lodos de depuración y los gestores que realizan la aplicación en las explotaciones agrícolas de los lodos de depuración tratados, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1310/1990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de lodos de depuración en el sector agrario.

12-06-2013
Objeto:

Esta Ley tiene por objeto:

 

a) Establecer las normas básicas sobre explotación, transporte, experimentación y sacrificio para el cuidado de los animales y un régimen común de infracciones y sanciones para garantizar su cumplimiento.

 

b) Regular la potestad sancionadora de la Administración General del Estado sobre exportación e importación de animales desde o hacia Estados no miembros de la Unión Europea en lo que respecta a su atención y cuidado cuidado y sobre los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos en procedimientos de su competencia.

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