Incorpora requisitos dirigidos a los productores de leche cruda de oveja y cabra, y la experiencia obtenida tras la aplicación práctica de la norma en el sector de la leche de vaca
El
Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se
modifica la legislación vigente en materia de identificación y registro
de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el
sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche,
actualizando su contenido, así como el de la normativa básica de control que deben cumplir los operadores del sector lácteo.
El
nuevo Real Decreto incorpora, con el objeto de equiparar las
condiciones de todas las especies, los requisitos dirigidos a los
productores de leche cruda de oveja y cabra así como la experiencia
obtenida tras la aplicación práctica de la norma en el sector de la
leche de vaca.
Por
un lado incluye la modificación de la definición de silo, de
responsable principal de centro lácteo y de responsable secundario de
centro lácteo. Además modifica la etiqueta de identificación de
cisternas.
Por
otro lado, y en relación con la normativa básica de control que deben
cumplir los operadores del sector lácteo se modifica el contenido
añadiendo la figura de centro de gestión de subproductos, así como
todas aquellas cuestiones de carácter técnico que ha sido necesario
aclarar de cara a optimizar una aplicación homogénea, tras los tres
años en vigor del mencionado Real Decreto.