1. La presente Decisión establece:
a) condiciones de policía sanitaria para la puesta en el mercado de animales de acuicultura inmunes a las enfermedades mencionadas en la lista II de la columna 1 del anexo A de la Directiva 91/67/CEE, así como de sus huevos y gametos, en zonas y explotaciones autorizadas o en las que se aplique un programa aprobado;
b) un modelo del documento de transporte previsto en los apartados 1 y 3 del artículo 14 de la Directiva 91/67/CEE; c) una lista de las especies de animales de acuicultura a las que será aplicable la excepción prevista en el párrafo primero del apartado 4 del artículo 14 de la citada Directiva.
2. La presente Decisión no se aplicará cuando los animales de acuicultura a que se refiere el apartado 1, o sus huevos o gametos, sean puestos en el mercado directamente para consumo humano. Con arreglo a lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado 4 del artículo 14 de la Directiva 91/67/CEE, el anexo III de la presente Decisión establece la lista de las especies de animales de acuicultura a las que se aplicará la excepción prevista en el párrafo primero del citado apartado.
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 23 de mayo de 2003 por la que se establecen condiciones específicas para la puesta en el mercado de especies de animales de acuicultura consideradas inmunes a ciertas enfermedades, así como de sus productos DEC2003-19-24.pdf
Directiva 91/67/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y de productos de la acuicultura
DIR1991-1-29.pdf
Besana Portal Agrario : Portal sectorial con noticias e información técnica sobre los sectores agrícola, ganadero, pesquero e industria agroalimentaria.Besana Portal Agrario S.A. Astronomía 1. Torre 2 . Planta 9. Oficinas 3 y 4. 41015. SevillaHosting Plesk en CentroRed.com Servidor VPS - Una web Jambon Iberique © Besana Portal Agrario S.A. 2012 .Todos los derechos reservados. Aviso legal. Política de privacidad.Version accesible.