Los productores podrán cumplir parcial o totalmente con la obligación de eliminar los subproductos de la vinificación o de cualquier otra transformación de uvas.
La Consejería de Agricultura y Pesca
establece las normas para la ejecución de las medidas de apoyo al
sector vitivinícola español, en relación con la eliminación de los
subproductos de la vinificación, de acuerdo con lo previsto por el
reglamento europeo, según publica hoy el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía (BOJA).
Los productores podrán cumplir parcial
o totalmente con la obligación de eliminar los subproductos de la
vinificación o de cualquier otra transformación de uvas mediante la
entrega de los subproductos para la destilación, la retirada bajo
control o la entrega de vino al sector del vinagre. Además, establece
que los subproductos serán eliminados antes de la finalización de la
campaña vitivinícola.
En lo que respecta a la entrega de
subproductos para la destilación, el contenido mínimo de alcohol puro
de los mismos tiene que ser de 2,8 litros de alcohol puro por cada 100
kg en el caso de orujos de uva y 4 litros de alcohol puro por cada 100
kg en el caso de lías de vino. Asimismo, la norma, que entra en vigor
un día después de su publicación en el BOJA, establece que el volumen
mínimo de alcohol contenido deberá tener el 10% del obtenido por
vinificación directa de la uva, para los elaboradores de vino a partir
de mosto o de vino nuevo en proceso de transformación.
En el caso de que el productor opte por
la retirada bajo control, la solicitud correspondiente deberá
presentarse en cada campaña, antes del 30 de marzo, en las respectivas
Delegaciones Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca.
En cuanto a la transformación y
utilización de los subproductos de la vinificación, la normativa
también ofrece la posibilidad de dedicarlos a un fin distinto a la
destilación, como la compostación, para su posterior uso como
fertilizante.
Dentro de la obligatoriedad de los
productores de eliminar los subproductos de la vinificación o de otras
formas de transformación de uvas, la norma establece que los que
obtengan menos de 25 hectolitros de vino o mosto en sus instalaciones
no están obligados a retirar los subproductos de la vinificación.