El objeto de la presente Orden es establecer medidas, de carácter inmediato y provisional, tendentes a:
a) Reducir los niveles de dióxido de azufre existentes en el Campo de Gibraltar.
b) Minimizar los efectos medioambientales producidos por situaciones transitorias e incidentales de funcionamiento de las actividades incluidas en su ámbito de actuación.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Medidas para la reducción de los niveles de emisión de dióxido de azufre.
Artículo 4. Situaciones transitorias e incidentales.
Artículo 5. Régimen sancionador.
Orden de 15 de septiembre de 2005, por la que se aprueba el Plan de Acción Medioambiental para el Campo de Gibraltar.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2005-1-4.pdf [2]