El presente Reglamento establece las normas relativas a las medidas excepcionales de ayuda de carácter temporal para los melocotones y las nectarinas del código NC 0809 30 destinados al consumo en fresco.
Las medidas de ayuda contempladas en el apartado 1 abarcarán:
a) las operaciones de retirada efectuadas entre el 11 de agosto y el 30 de septiembre de 2014 por las organizaciones de productores en el sector de las frutas y hortalizas reconocidas de conformidad con el artículo 154 del Reglamento (UE) nº 1308/2013, así como por los productores que no sean miembros de dichas organizaciones, y
b) las actividades de promoción a que se refiere el artículo 33, apartado 3, letra c), del Reglamento (UE) nº 1308/2013 efectuadas entre el 11 de agosto y el 31 de diciembre de 2014 por las organizaciones de productores en el sector de las frutas y hortalizas reconocidas de conformidad con el artículo 154 de dicho Reglamento.
Reglamento Delegado (UE) n° 913/2014 de la Comisión, de 21 de agosto de 2014, que establece, con carácter temporal, medidas excepcionales de ayuda a los productores de melocotones y nectarinas.
http://www.besana.es/sites/default/files/reg2014-913-1-6.pdf [1]