Financiación de proyectos de inversión que realicen las PYME Españolas.
Ayudas a la financiación para pequeña y mediana empresa
- Reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones
- Circulante
- IVA y otros impuestos ligados a la inversión
Personas físicas o jurídicas residentes en España, con actividad productiva en territorio nacional, o empresas residentes en el extranjero con mayoría de capital español.
REQUISITOS:
Ser pequeña o mediana empresa: Menos de 250 trabajadores.
Volumen de negocio anual inferior a 40 millones de euros (6.665,44 millones de pesetas), o balance general anual no superior a 27 millones de euros (4.492,42 millones de pesetas).
No estar participadas por gran empresa o grupo de grandes empresas, en un porcentaje igual o superior al 25% del capital.
Entre los requisitos previos para considerar financiable un Proyecto de Inversión que afecte al inmovilizado deberán cumplirse los siguientes límites:
Si el Proyecto presentado incluye Inversión Inmobiliaria, ésta no será superior al 80% del importe de la inversión total a financiar.
Si el Proyecto presentado incluye Inversión Inmaterial, ésta no será superior al 50% del importe de la inversión total a financiar.
Las partidas de activo material no están sujetas a limitación.
En todo caso no se financian:
Reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones
Circulante IVA y otros impuestos ligados a la inversión
Acuerdo privado, sin publicación en ningún Boletín Oficial.
Convocatoria abierta
Inversión máxima:
El importe máximo financiable será del 70% del proyecto de inversión neto.
Plazos de amortización:
El empresario puede elegir entre:
3 años, sin carencia
5 años, sin carencia o con un período de carencia de 1 año
7 años, sin carencia o con un período de carencia de 2 años
Importe máximo de financiación por beneficiario:
El importe máximo de financiación con fondos de la Línea Pyme 2002 será de 1,5 millones de euros por beneficiario y año, ya sea en una única operación o varias.
Tipo de interés:
El empresario puede optar entre:
Tipo de interés fijo durante toda la vida del préstamo, según el tipo de referencia del ICO + 0,50 puntos porcentuales.
Tipo de interés variable referenciado a EURIBOR 6 meses + 0, 50 puntos porcentuales.
Tipos de interés vigentes:
Del 12 al 25 de febrero de 2002, ambos inclusive:
AÑOS CARENCIA Tipo TAE Beneficiario Final
FIJO: 3 años Sin carencia 4,711
FIJO: 5 años Sin carencia 5,052
FIJO: 5 años 1 año de carencia 5,102
FIJO: 7 años Sin carencia 5,292
FIJO: 7 años 2 años de carencia 5,363
VARIABLE, 6 meses 4,005
Comisiones:
El tipo de interés que el ICO comunica es TAE y las Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de:
Comisión de apertura
Comisión de estudio
Comisión de disponibilidad
Cancelación anticipada:
Es posible la cancelación anticipada del préstamo, aunque en este caso hay que compensar los gastos en los que haya incurrido el ICO.
En las operaciones formalizadas a tipo fijo, se imputará un 2% sobre las cantidades reembolsadas por anticipado.
En las operaciones formalizadas a tipo variable, no llevarán penalización las amortizaciones anticipadas voluntarias, siendo necesario hacerlas coincidir con una fecha de revisión del tipo de interés.
Tramitación:
Directamente en las oficinas de los principales bancos y cajas de ahorro establecidas en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por Bancos y Cajas en las condiciones indicadas.
Documentación:
El empresario tendrá que presentar la documentación que cada entidad de crédito considere necesaria para estudiar la operación. El empresario debe poder acreditar la realización de la inversión financiada, comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.
Garantías:
Cada entidad de crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo:
Hipotecarias
Personales
Avales mancomunados o solidarios
Sociedades de Garantía Recíproca
Compatibilidad de ayudas:
Esta Línea está sometida a la condición de minimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras Instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la U.E
PLAZO
Convocatoria abierta.
INFORMACIÓN
Instituto de Crédito Oficial. Paseo del Prado, 4. 28014. Madrid. Tel: 900 121 121.