Utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, en este caso el fomento de la agricultura ecológica.
VIGENCIA: Marco Agrario Comunitario 2000-2006.
Prácticas de agricultura ecológica de los siguientes cultivos:
- Arroz.
- Herbáceos de secano.
- Herbáceos de regadío.
- Frutales de secano.
- Frutales de pepita.
- Frutales de hueso.
- Olivar.
- Hortícolas al aire libre.
- Hortícolas bajo plástico.
- Viñedo para vinificación.
- Uva de mesa.
-Cítricos.
Requisitos generales:
-Firma del cumplimiento de compromisos por una duración de cinco años con renovación de los mismos.
Requisitos específicos:
-Han de estar inscritos en el Órgano o Entidad de control y certificación correspondiente y renovar anualmente dicha inscripción.
Dicho certificado anual de renovación se deberá presentar conjuntamente con la solicitud de renovación, en dicho certificado deberán constar las referencias catastrales completas, superficies y cultivos, incluido el olivar. Para este último han de hacerse constar las referencias de las parcelas oleícolas del SIG Oleícola Español. En caso de que la solicitud de ayuda se realice en su primer año de inscripción, este certificado podrá sustituirse por la ficha de datos de la explotación, que contendrá los polígonos, parcelas, superficie, tipo de cultivo y fecha de inscripción (cuando solicita la inscripción en el organismo de control).
Los nuevos solicitantes aportarán junto con la solicitud de ayuda copia de inscripción en el organismo de control.
-Superficies mínimas de cultivos:
Arroz 0,5 Ha.
Herbáceos de secano 2,00 Ha
Herbáceos de regadío 0,50 Ha
Frutales de secano 1,00 Ha
Frutales de pepita 0,50 Ha
Frutales de hueso 0,50 Ha
Olivar 1,00 Ha
Hortícolas al aire libre 0,25 Ha
Hortícolas bajo plástico 0,25 Ha
Viñedo para vinificación 1,00 Ha
Uva de mesa 0,25 Ha
Cítricos 0,50 Ha
-Las parcelas con cultivos objeto de ayuda deberán estar en producción.
-No podrán percibir ayudas las superficies de especies arbóreas acogidas al programa de forestación de tierras agrarias hasta que finalice el período de percepción de primas compensatorias durante los veinte años.
-En caso de olivar ecológico, las parcelas con derecho a ayuda deberán haber sido declaradas en la última declaración de cultivos del olivar, de conformidad con la normativa nacional que regula la ayuda a la producción de aceite de oliva.
- Cumplir con los compromisos generales de la medida.
- Cumplir estrictamente con todas las normas de producción establecidas en el Reglamento (CEE) 2092/91 que regula la producción ecológica.
- Estar inscrito en el Consejo Regulador de Agricultura Ecológica de la Comunidad
Autónoma correspondiente.
- Elaborar un Plan de cultivo previo para toda la explotación.
- Cumplir lo establecido en las Normas genéricas y específicas sobre Agricultura Ecológica para los distintos cultivos, promulgadas y aprobadas por las distintas Comunidades Autónomas.
- Notificar su actividad y someterse al control de la autoridad u organismo de control.
- Suscribir un contrato y/o solicitud en la que se comprometa a cumplir con el Reglamento.
- Disponer de un certificado expedido por la autoridad u organismo de control, afirmando que ha cumplido en el periodo anterior satisfactoriamente con los compromisos.
- Plan de gestión de abonado orgánico, en el cual se considerará adecuado un aporte mínimo de 5 tn/ha y un máximo equivalente a 170 kg de N/ha.
- Comercialización de la producción ecológica, una vez pasado el período obligatorio de reconversión.
- Obligatoriedad de la realización de análisis.
Real Decreto 1852/1993 sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios. (BOE 283, 26-11-1993).
Reglamento (CE) nº 1257/1999 del Consejo de 17 de mayo de 1999 sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos. (DOCE 160, 26-06-1999).
RE(CE)1257-1999.pdf [1]
Reglamento (CEE) nº 2092/91 del Consejo, de 24 de junio de 1991, sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios. (DOCE 198, 22-07-1991).
REG1991-2092.pdf [2]
Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente. (DOCE 12, 13-01-2001).
RD2001-4.pdf [3]
Orden de 7 de junio de 2001, por la que se establecen normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente. (BOJA 69, 19-06-2001).
ORD2001-7jun.pdf [4]
Orden de 26 de septiembre de 2000, por la que se aprueba el Reglamento sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios y el Comité Andaluz de Agricultura Ecológica. (BOJA 18, 14-10-2000).
ORD2000-15851-15859.pdf [5]
Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común. (BOE 175, 23-07-2002).
RD2002-708.pdf [6]
REAL DECRETO 172/2004, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las medidas de acompañamiento de la Política Agraria Común. (BOE 37, 12-02-2004).
RD2004-172.pdf [7]
CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 172/2004, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias del Programa de Desarrollo Rural. (BOE 87, 10-04-2004).
COR2004-14868.pdf [8]
Orden de 28 de enero de 2005, por la que se regulan determinados regímenes de ayudas comunitarias a la Agricultura para la campaña
2005/2006 (2.32 Mb).
ORD2005-117-149.pdf [9]
Orden de 31 de enero de 2005, por la que se establecen normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.
ORD2005-22-57.pdf [10]
Resolución de 1 de febrero de 2005, de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, por la que se convocan para la campaña 2005 las ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.
RES2005-58.pdf [11]
RESOLUCION de 30 de marzo de 2005, de la Dirección General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria, por la que se convocan para la campaña 2005 las ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente que se citan.
RES2005-41.pdf [12]
Orden de 4 de abril de 2005, por la que se modifica la de 31 de enero de 2005, por la que se establecen normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.
ORD2005-14-16.pdf [13]
ORDEN de 2 de marzo de 2006, por la que se modifica la de 31 de enero de 2005, por la que establecen normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente y se convoca para el año 2006 la medida que se cita.
ORD2006-18-20.pdf [14]
REAL DECRETO 1203/2006, de 20 de octubre, por el que se modifican los Reales Decretos 3482/2000, de 29 de diciembre, por el que se regula la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas; 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente; 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras agrícolas y 708/2002, de 19 de julio...
RD2006-1203-38846-38876.pdf [15]
Convocatoria anual, para el 2005 las solicitudes podrán presentarse hasta el 29 de abril de 2005.
Las primas o cuantías unitarias de las ayudas que se establecen son:
- Herbáceos de secano: 92.32 ¿ / Ha
- Herbáceos de regadío: 162.27 ¿ / Ha
- Arroz: 600 ¿ / Ha
- Frutales de seca: 119 ¿ / Ha
- Frutales de pepita: 256.03 ¿ / Ha
- Frutales de hueso: 364.21 ¿ / Ha
- Olivar: 266.85 ¿ / Ha
- Hortícolas al aire libre: 258.44 ¿ / Ha
- Hortícolas bajo plástico: 504.85 ¿ / Ha
- Viñedo para vinificación: 228.38 ¿ / Ha
- Uva de mesa: 495.33 ¿ / Ha
- Cítricos: 468.79 ¿ / Ha
La ayuda total de la explotación se calculará de la siguiente forma:
- Hasta el doble del valor de la UMCA: El 100% de la prima.
- Entre el doble y el cuádruple del valor de la UMCA: Hasta el 60% de la prima.
- Más del cuádruple del valor de la UMCA: Hasta el 30% de la prima.
Unidad Mínima de Cultivo Agroambiental, UMCA (la superficie de referencia para determinar la cuantía unitaria de las ayudas) para agricultura ecológica:
- Cereales de secano: 50 ha.
- Frutales de secano: 30 ha.
Las solicitudes de ayuda, dirigidas al Director General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria (FAGA), se podrán presentar en las Delegaciones Provinciales de Agricultura y Pesca correspondientes, sin prejuicio de lo dispuesto en la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 51.2 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se procederá anualmente a la convocatoria pública de la ayuda.