Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento, el contrato-tipo de compraventa de pomelos para su comercialización en fresco que regirá durante la campaña 2015/2016, cuyo texto figura en el anexo de esta orden.
ORDEN APA/2470/2006, de 14 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a su comercialización en fresco, que regirá durante la campaña 2006/2007.
ORD2006-2470-28543-28544.pdf [1]
ORDEN APA/2439/2007, de 20 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a su comercialización en fresco, que regirá durante la campaña 2007/2008.
ORD2007-2439-34100-34101.pdf [2]
Orden ARM/1606/2010, de 4 de junio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a su comercialización en fresco, campaña 2010/2011.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2010-1606-52008-52011.pdf [3]
Orden AAA/932/2012, de 25 de abril, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a su comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2012/2013.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boe/ORD2012-932-33847.pdf [4]
Orden AAA/843/2013, de 7 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a su comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2013/2014.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2013-843-36629-36631.pdf [5]
Orden AAA/837/2014, de 12 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a su comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2014/2015.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2014-837-39520.pdf [6]
Orden AAA/1170/2015, de 9 de junio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a su comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2015/2016.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2015-1170-50711-50715.pdf [7]
El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será el de un año a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado».