1. Es objeto de la presente Ley la regularización y actualización de las inscripciones en el Registro de Buques y Empresas Navieras, dependiente del Ministerio de Fomento, así como en el Censo de la Flota Pesquera Operativa, dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de aquellas embarcaciones de pesca en las que el material del casco, la potencia propulsora o los valores de eslora, manga, puntal o arqueo no coincidan con sus correspondientes datos registrales.
2. La regularización y actualización de la inscripción en el Censo de la Flota Pesquera Operativa sólo procederá cuando se haya resuelto favorablemente la solicitud de regularización y actualización de la inscripción en el Registro de Buques y Empresas Navieras.
3. En ningún caso la regularización o actualización del Registro o Censo perjudicará los derechos adquiridos por tercero a título oneroso y de buena fe durante la vigencia del asiento que se rectifique.
La presente ley comprende los siguientes apartados:
- Condiciones de regularización previas a la actualización.
- Singularidad de la actualización.
- Solicitudes.
- Instrucción.
- Resolución.
- Inclusión en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.
- Permanencia en la actividad.
- Consecuencias de la resolución desfavorable.
- Ayudas.
- Título competencial.
- Disposición final segunda.
- Habilitación reglamentaria y facultad de desarrollo.
LEY 9/2007, de 22 de junio, sobre regularización y actualización de inscripciones de embarcaciones pesqueras en el Registro de Buques y Empresas Navieras y en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.
LEY2007-27138-27140.pdf [3]
ORDEN de 15 de octubre de 2007, por la que se dictan normas para la aplicación de la Ley 9/2007, de 22 de junio, sobre regularización y actualización de inscripciones de embarcaciones pesqueras en el Registro de Buques y Empresas Navieras y en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.
ORD2007-13-14.pdf [4]
ORDEN APA/320/2008, de 6 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la inclusión en el censo de la flota pesquera operativa de los buques de pesca españoles objeto de regularización en virtud de la Ley 9/2007, de 22 de junio, sobre regularización y actualización de inscripciones de embarcaciones pesqueras en el registro de buques y empresas navieras y en el censo de la flota pesquera operativa.
ORD2008-320-8037-8046.pdf [5]
CORRECCIÓN de errores de la Orden APA/320/2008, de 6 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la inclusión en el censo de la flota pesquera operativa de los buques de pesca españoles objeto de regularización en virtud de la Ley 9/2007, de 22 de junio, sobre regularización y actualización de inscripciones de embarcaciones pesqueras en el Registro de buques y empresas navieras y en el censo de la flota pesquera operativa.
COR2008-11061-11068.pdf [6]
Real Decreto 1081/2012, de 13 de julio, por el que se establece el procedimiento de regularización de buques pesqueros y su actualización en el censo de la flota pesquera operativa y en el registro de buques y empresas navieras.
http://www.besana.es/sites/default/files/rd2012-1081-50541-50546.pdf [7]
Orden de 25 de septiembre de 2012, por la que se dictan normas para la aplicación del Real Decreto 1081/2012, de 13 de julio, por el que se establece el procedimiento de regularización de buques pesqueros y su actualización en el Censo de la Flota Pesquera Operativa y en el Registro de Buques y Empresas Navieras.
http://www.besana.es/sites/default/files/ord2012-25-09-9-11.pdf [8]