Se aprueba su correspondiente Reglamento y con él quedan protegidos con la Denominación de Origen «Antequera» los aceites de oliva vírgenes extra que, reuniendo las características definidas en este Reglamento, hayan cumplido en su producción, elaboración y envasado todos los requisitos exigidos en el mismo y en la legislación vigente.
Orden de 6 de julio de 2011
Emitir decisión favorable para que la modificación del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Antequera» sea aprobada por la Comisión Europea y publicar, como Anexo a la presente Orden, el pliego de condiciones modificado que deben cumplir los aceites de la citada Denominación.
REGLAMENTO DE LA DENOMINACION DE ORIGEN «ANTEQUERA» Y DE SU CONSEJO REGULADOR:
- CAPITULO I: Disposiciones Generales.
- CAPITULO II: De la Producción.
- CAPITULO III: De la Elaboración.
- CAPITULO IV: Características de los aceites.
- CAPITULO V: Registros.
- CAPITULO VI: Derechos y obligaciones.
- CAPITULO VII: Del Consejo Regulador.
- CAPITULO VIII: Régimen Sancionador.
Orden de 1 de abril de 2005, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen «Antequera» y de su Consejo Regulador.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boja/ORD2005-5-13.pdf [1]
ORDEN de 19 de diciembre de 2005, por la que se modifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Antequera» y de su Consejo Regulador, aprobado por Orden de 1 de abril de 2005.
http://www.besana.es/legislacion/leg/boja/ORD2005-19.pdf [2]
Orden de 6 de julio de 2011, por la que se emite decisión favorable en relación con la solicitud de modificación del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Antequera».
http://www.besana.es/legislacion/leg/boja/ORD2011-06-07-62-70.pdf [3]
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) Nº 295/2014 DE LA COMISIÓN de 20 de marzo de 2014 por el que se aprueba una modificación que no es de menor importancia del pliego de condiciones de una denominación inscrita en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Antequera (DOP)].
http://www.besana.es/sites/default/files/reg2014-295-30-31.pdf [4]