Inscripción en el Registro de Caza y Pesca a todos los ciudadanos que estén habilitados para el ejercicio de la caza y la pesca continental. A todas las personas habilitadas se le expedirá una tarjeta de identificación, que será necesaria para la expedición de la licencia de caza o pesca.
ORDEN de 26 de marzo de 1999, por la que se desarrolla el Registro Andaluz de Caza y Pesca y se implanta la Tarjeta de Identificación del Cazador y del Pescador.
ORD1999-5518-5520.pdf [1]