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Subvenciones destinadas a agrupaciones de productores para la realización de proyectos de investigación aplicada e innovación en determinados sectores ganaderos

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24 de Junio de 2015
Objeto: 

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones destinadas a agrupaciones de productores, de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 3, para la realización de proyectos de investigación finalista e innovación en los sectores vacuno de carne, vacuno de leche, ovino, caprino, porcino, avícola, cunícola y de animales de peletería.

El presente régimen de ayudas se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.»

Orden AAA/1229/2015, de 19 de junio:

Esta orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2015, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las subvenciones destinadas a agrupaciones de productores para la realización de proyectos de investigación aplicada e innovación en los sectores vacuno, porcino, ovino, caprino, avícola, cunícola y de animales de peletería, reguladas en la Orden PRE/917/2013, de 20 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a agrupaciones de productores para la realización de proyectos de investigación aplicada e innovación en determinados sectores ganaderos, y por la que se convocan las correspondientes al año 2013, bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados en la presente orden y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.

La presente convocatoria se destina a actuaciones relativas a proyectos en dichos sectores, cuya ejecución podrá llevarse a cabo durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017.

Concepto: 

Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Finalidad y objetivos de la subvención.
Artículo 3. Beneficiarios.
Artículo 4. Subcontratación.
Artículo 5. Gastos subvencionables.
Artículo 6. Porcentaje máximo de la ayuda.
Artículo 7. Obligaciones de los beneficiarios.
Artículo 8. Formalización y presentación de solicitudes.
Artículo 9. Instrucción y órgano colegiado.
Artículo 10. Criterios objetivos de otorgación y ponderación
Artículo 11. Resolución de las solicitudes.
Artículo 12. Seguimiento científico técnico.
Artículo 13. Justificación.
Artículo 14. Pago.
Artículo 15. Modificación de la resolución, criterios de graduación de incumplimiento y obligación de reintegro.
Artículo 16. Compensación de gastos.
Artículo 17. Compatibilidad.

Disposición adicional primera. Normativa aplicable.
Disposición adicional segunda. Convocatoria de las ayudas en el ejercicio 2013, para proyectos a ejecutar en los ejercicios 2013, 2014 y 2015.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
 

Periodo: 

Las solicitudes se presentarán en el modelo establecido por el anexo I de la Orden PRE/917/2013, de 20 de mayo, en el plazo máximo de un mes desde la fecha de efectos de esta orden (publicada el 24/06/2015).

Jueves, 28 de Marzo de 2024
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