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El Gobierno actualiza las medidas y zonas restringidas frente a la lengua azul

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17 de Julio de 2015
La resolución fue publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado.

El Gobierno central ha actualizado, mediante una resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las medidas específicas de protección frente a la lengua azul y las zonas restringidas y libres frente al virus en las diferentes zonas de España.

Según la orden publicada, la zona restringida frente al serotipo 4 son, en Andalucía, las provincias de Córdoba, Cádiz, Huelva, Málaga y Sevilla, las comarcas veterinarias jiennenses de Alcalá la Real, Huelma, Úbeda, Linares, Andújar, Jaén y Santiesteban del Puerto y la comarca veterinaria granadina de Motril

En Castilla-la Mancha, las provincias de Toledo y Ciudad Real; en Castilla y León, las comarcas veterinarias avilenses de Arenas de San Pedro, Candeleda, Cebreros, El Barco de Ávila, Las Navas del Marqués, Navaluenga y Sotillo de la Adrada.

En la provincia de Salamanca, las comarcas veterinarias de Béjar y Sequeros.

También quedan restringidas frente al serotipo 4 la Comunidad Autónoma de Extremadura y, en Madrid, las comarcas veterinarias de Aranjuez, Arganda del Rey, Alcalá de Henares, Colmenar Viejo, El Escorial, el municipio de Madrid, Navalcarnero, San Martín de Valdeiglesias, Torrelaguna y Villarejo de Salvanés.

La zona restringida frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul son las provincias de Cádiz, Córdoba, Huelva, Málaga, y Sevilla; la comarca granadina de Motril y las comarcas jiennenses de Alcalá la Real, Andújar, Huelma, Jaén, Linares, Santiesteban del Puerto y Úbeda.

En Castilla-La Mancha, las comarcas veterinarias toledanas de Belvís de la Jara y Oropesa; los municipios de San Bartolomé de las Abiertas, Almendral de la Cañada, Buenaventura, Calera y Chozas, Castillo de Bayuela, Cazalegas, Cervera de los Montes, El Real de San Vicente, Hinojosa de San Vicente, Marrupe, Mejorada, Montesclaros, Navamorcuende, Pepino y La Iglesuela, entre otros.

En la provincia de Ciudad Real, las comarcas veterinarias de Almadén, Almodóvar del Campo y Piedrabuena (antiguas comarcas de Piedrabuena y Horcajo de los Montes).

En Castilla y León, la comarca veterinaria de Candeleda y Sequeros.

En Extremadura, las comarcas veterinarias de Azuaga, Don Benito, Castuera, Herrera del Duque, Jerez de los Caballeros, Zafra, Coria, Logrosán (Zorita), Plasencia y Valencia de Alcántara y municipios como Garrovillas, Hinojal, Monroy, Santiago de Campo y Talaván, entre otros.

El BOE también recoge los requisitos para los movimientos intracomunitarios y hacia las islas Canarias y Baleares de animales, su esperma, óvulos y embriones de especies sensibles desde las zonas restringidas.

También los requisitos para los movimientos nacionales de esperma, óvulos, embriones y animales de especies sensibles, dentro y entre las zonas restringidas, así como desde éstas hacia las zonas libre situadas en el territorio peninsular.

Miércoles, 24 de Abril de 2024
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