El presente Reglamento establece las modalidades de concesión de la ayuda financiera de la Comunidad para la acción de los laboratorios comunitarios de referencia (en lo sucesivo denominados «los laboratorios») prevista en el artículo 28 de la Decisión 90/424/CEE y en el artículo 32 del Reglamento (CE) nº 882/2004, así como para la organización de seminarios.
laboratorios comunitarios de referencia para los piensos, los alimentos y el sector de la salud animal
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El informe financiero, presentado de conformidad con el anexo III, y el informe técnico relativos a la acción de los laboratorios y certificados por el director se expedirán a más tardar el 31 de marzo del año siguiente al fin del período para el que se haya concedido la ayuda financiera, de lo cual dará fe el matasellos de correos.
REGLAMENTO (CE) Nº 1754/2006 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2006 por el que se establecen modalidades de concesión de la ayuda financiera de la Comunidad a los laboratorios comunitarios de referencia para los piensos, los alimentos y el sector de la salud animal REG2006-1754-8-18.pdf
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 14 de noviembre de 2007 relativa a una ayuda financiera de la Comunidad para determinadas medidas en el ámbito de la salud y el bienestar animal y determinadas medidas técnicas y científicas DEC2007-52-53.pdf
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2008 en lo que respecta a una contribución financiera comunitaria para el año 2009 destinada a determinados laboratorios comunitarios de referencia en el ámbito del control de piensos y alimentos DEC2008-49-54.pdf
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