Las líneas de seguro agrario a las que será aplicable el porcentaje de subvención detallado en el punto 2.1 correspondientes al Plan de Seguros Agrarios serán las siguientes:
A) Líneas agrícolas.
- Seguro de coberturas crecientes para explotaciones de cereza.
- Seguro de coberturas crecientes para OPFH y Cooperativas.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones hortícolas al aire libre, de ciclo primavera-verano.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones hortícolas con ciclos sucesivos.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de planta viva, flor cortada, viveros y semillas.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de producciones tropicales y subtropicales.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones industriales textiles.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones industriales no textiles.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de uva de mesa.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de multicultivos y hortalizas.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones citrícolas.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones hortícolas bajo cubierta.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones hortícolas al aire libre, de ciclo otoño-invierno.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de caqui y otros frutales.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de frutos secos.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de herbáceos extensivos.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones olivareras.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones vitícolas.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones frutícolas.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de cultivos forrajeros
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de cultivos agroenergéticos.
B) Líneas ganaderas.
- Seguro de explotación de ganado vacuno reproductor y de recría.
- Seguro de explotación de ganado vacuno de cebo.
- Seguro de explotación de ganado vacuno de lidia.
- Seguro de explotación de ganado vacuno de alta valoración genética.
- Seguro de explotación de reproductores bovinos de aptitud cárnica.
- Seguro para la cobertura de sequía en pastos.
- Seguro de explotación en apicultura.
- Seguro de explotación de ganado ovino y caprino.
- Seguro de explotación de ganado equino.
- Seguro de explotación de ganado equino en razas selectas.
- Seguro de explotación de ganado aviar de carne.
- Seguro de explotación de ganado aviar de puesta.
- Seguro de explotación de ganado porcino.
- Tarifa general ganadera.
C) Líneas acuícolas.
- Seguro de piscifactorías de truchas.
- Seguro de acuicultura marina para besugo, corvina, dorada, lubina y rodaballo.
D) Seguros forestales.
Seguro con coberturas crecientes para incendios forestales.
2.4. Las líneas de seguro agrario de retirada y destrucción de animales muertos en la explotación a las que será aplicable el porcentaje de subvención detallado en el punto 2.2. correspondientes al Plan de Seguros Agrarios serán las siguientes:
- Seguro para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales bovinos muertos en la explotación.
- Seguro renovable para la cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales bovinos muertos en la explotación.
- Seguro para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación.
- Seguro renovable para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación.