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AYUDAS A PROYECTOS REALIZADOS POR PERSONAS FÍSICAS USUARIAS REGISTRADAS EN LOS CENTROS DE ACCESO PUBLICO A INTERNET, EN EL ÁMBITO DE LOS MUNICIPIOS Y ÁREAS DE INFLUENCIA DE LA RED DE CENTROS DEL PROGRAMA REGIONAL DE ACCIONES INNOVADORAS GUADALINFO.

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17 de Junio de 2003
Objetivo: 

Las solicitudes deberán ser dirigidas a la Dirección General de Sistemas de Información y Telecomunicaciones de la Consejería de la Presidencia, presentadas preferentemente en el Registro General de dicha Consejería, C/ Alfonso XII, 17. 41001, Sevilla, o bien en los Registros de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en el art. 51.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía; sin perjuicio de lo establecido en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJPAC).

Concepto: 

Los Centros Guadalinfo pretende llevar la innovación tecnológica y creativa a un Ámbito ciudadano y social lo más amplio posible de las zonas más desfavorecidas de Andalucía, mediante el desarrollo de nuevas formas de servicios virtuales de proximidad para las zonas menos pobladas, rurales o periféricas, propiciando así la mejora en la calidad de vida y reteniendo Las subvenciones se podrán solicitar para el fomento, promoción y desarrollo de proyectos o actividades dirigidos a usuarios de los centros Guadalinfo y sus Áreas de influencia con inquietudes en sectores clásicos o emergentes de actividad de su zona. Como posibles sectores o categorías de actividades de interés común, podrán incluirse, sin Ánimo de exhaustividad, los siguientes:

a) Desarrollo agrario y pesquero.

b) Fabricación Artesanal.

c) Contabilidad y gestión de PYMEs.

d) Turismo rural.

e) Patrimonio cultural.

f) Salud.

g) Actividad emprendedora para una mejor integración en el mercado de trabajo.

Beneficiario: 

Será requisito previo para la condición de solicitante que los proyectos o actividades propuestas se encuentren acreditados por los Centros Guadalinfo con los que colaboren.
Tendrán la consideración de participantes aquellos usuarios registrados en los Centros Guadalinfo que participen en la ejecución del proyecto presentado por el solicitante.

Modalidades de participación y plazo de ejecución.

1. Se establecen dos modalidades de participación:

a) Proyectos de trabajos cooperativos en red entre usuarios de un mismo centro Guadalinfo.

b) Proyectos de trabajos cooperativos en red entre usuarios de distintos centros Guadalinfo.

2. El plazo de ejecución del proyecto finalizará el 15 de mayo de 2004.

Periodo: 

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 10 de septiembre de 2003.

Importe: 

1. En el caso de que proceda la concesión de la ayuda, su cuantía, siempre inferior a 30.100 euros, se determinará en función de las disponibilidades presupuestarias, no existiendo límite establecido en cuanto al porcentaje que supondrá la subvención sobre el importe total del proyecto, aparte del que pueda establecerse en la normativa de aplicación.

2. El importe de las subvenciones no podrá ser, en ningún caso, de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de ésta u otras Administraciones Públicas o de otras Entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, supere el coste del proyecto o actividad a desarrollar por el beneficiario. en la Comunidad Autónoma de Andalucía, asÍ como que no es deudor de la misma por cualquier otro ingreso de Derecho Público. Asimismo, estará obligado a presentar toda la documentación acreditativa requerida en la presente convocatoria, de acuerdo al art. 11.2 del Reglamento de subvenciones, de 20 de noviembre.

Solicitud: 

Las solicitudes deberán ser dirigidas a la Dirección General de Sistemas de Información y Telecomunicaciones de la Consejería de la Presidencia, presentadas preferente mente en el Registro General de dicha Consejería, C/ Alfonso XII, 17. 41001, Sevilla, o bien en los Registros de los Ayuntamientos
de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en el art. 51.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía; sin perjuicio de lo establecido en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJPAC).

Jueves, 18 de Abril de 2024
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