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Ayudas del régimen de reestructuración y reconversión del viñedo

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10 de Agosto de 2015
Objetivo: 

La presente Orden viene a desarrollar esta normativa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en lo referente a la aprobación de los planes de reestructuración y reconversión del viñedo, así como las bases reguladoras de las ayudas destinadas a tal efecto, describiendo el procedimiento a seguir tanto por las personas solicitantes, como por los órganos encargados de la tramitación y gestión de las mismas y detalla los compromisos que adquieren las personas beneficiarias.

Orden 24 de abril de 2014
La regulación del procedimiento para la aprobación de los planes de reestructuración y reconversión de los viñedos ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía con destino a la producción de uva de vinificación.

El establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la reestructuración y reconversión del viñedo.

Convocatoria 2015

Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas destinadas a la reestructuración y reconversión de viñedos para la campaña 2014/2015, reguladas en la orden de 24 de abril de 2014, por la que se establece el procedimiento para la aprobación de los planes y las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en la reestructuración y reconversión del viñedo dentro del programa de apoyo al sector vitivinícola español 2014-2018, y se efectúa convocatoria para el 2014.

Convocatoria extraordinaria para el año 2015

Convocatoria extraordinaria para el año 2015 en orden a la concesión de ayudas destinadas a la reestructuración y reconversión de viñedos para la campaña 2014/2015, reguladas en la Orden de 24 de abril de 2014, por la que se establece el procedimiento para la aprobación de los planes y las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en la reestructuración y reconversión del viñedo dentro del programa de apoyo al sector vitivinícola español 2014-2018, y se efectúa convocatoria para el 2014.

Periodo: 

Convocatoria extraordinaria:

Se establece un plazo para la presentación de solicitudes de ayuda o anticipo de ayuda, certificación y pago de planes, de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (publicado el 31/07/2015).

 

Convocatoria ordinaria:

Se establece un plazo para la presentación de solicitudes de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (publicado el 10/08/2015).

Solicitud: 

Convocatoria extraordinaria para el año 2015: Las solicitudes de ayuda o anticipo de ayuda, certificación y pago de planes aprobados deberán formularse conforme a los modelos establecidos en los Anexos XI, XII y XIII, que se publican conjuntamente con esta Orden.

Jueves, 28 de Marzo de 2024
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