Besana

 

AYUDAS DESTINADAS AL FOMENTO DE ACTIVIDADES DE FORMACION PROFESIONAL NAUTICO-PESQUERA

Versión para impresiónVersión PDF
26 de Abril de 2002
Objetivo: 

Realización de actividades formativas que fomenten la mejora de la cualificación profesional y el mantenimiento del empleo de los trabajadores del sector pesquero.

Concepto: 

Entidades o asociaciones de ámbito nacional legalmente constituidas que reúnan los siguientes requisitos:

REQUISITOS:

Realicen actividades dedicadas a mejorar el nivel de formación y preparación de los profesionales del sector pesquero, así como el perfeccionamiento y reciclaje del personal técnico dedicados a impartir las enseñanzas profesionales de los mencionados sectores.

Carezcan de fines de lucro. A este efecto se considerará también que carecen de fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.

Acrediten que se hallan al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social en las formas establecidas en las Ordenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 28 de abril de 1996, sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias de 25 de noviembre de 1987, sobre justificación del cumplimiento de las obligaciones de la Seguridad Social por los beneficiarios de subvenciones, concedidas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Las actividades objeto de financiación habrán de realizarse durante el ejercicio del año 2002 y los meses de enero, febrero y marzo del año 2003.

Periodo: 

15 de junio de 2002.

Importe: 

TIPO DE AYUDA:

El importe de la subvención por cada actividad formativa, aisladamente considerada o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas públicas o privadas, no podrán superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficio ni el importe de 24.040 euros y se determinará con arreglo a los criterios que se establecen en el anexo de la Orden APA/918/2002. La cuantía total de la ayuda en ningún caso podrá superar el importe máximo de 961.619 euros.

En todo caso si los gastos efectivamente realizados fueran inferiores a los presupuestados inicialmente, se realizará una deducción proporcional de la ayuda.

En ningún caso, el importe de la ayuda podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Solicitud: 

Varios plazos. Las solicitudes se presentarán antes del 20 de junio de 2002, no obstante las solicitudes de ayuda a realizar durante el mes de diciembre de 2002 y los meses de enero, febrero y marzo del 2003 se presentaran antes del 15 de junio de 2002.

Jueves, 25 de Abril de 2024
twitter
facebook
rss
version movil
selector selector selector
selector selector selector
selector selector selector
L M M J V S D
1
 
2
 
3
 
4
 
5
 
6
 
7
 
8
 
9
 
10
 
11
 
12
 
13
 
14
 
15
 
16
 
17
 
18
 
19
 
20
 
21
 
22
 
23
 
24
 
25
 
26
 
27
 
28
 
29
 
30
 
 
 
 
 
 
Tarifas Publicitarias
Banco de Alimentos de Sevilla

Besana Portal Agrario : Portal sectorial con noticias e información técnica sobre los sectores agrícola, ganadero, pesquero e industria agroalimentaria.
Besana Portal Agrario S.A. Astronomía 1. Torre 2 . Planta 9. Oficinas 3 y 4. 41015. Sevilla
Hosting Plesk en CentroRed.com Servidor VPS - Una web Jambon Iberique
© Besana Portal Agrario S.A. 2012 .Todos los derechos reservados. Aviso legal. Política de privacidad.Version accesible.