1. Las solicitudes se dirigirán al órgano competente de la Comunidad Autónoma en que radique la explotación del beneficiario
2. Las solicitudes de ayudas contendrán como mínimo los requisitos siguientes:
a) La identificación completa del solicitante y los datos bancarios necesarios para el pago de la ayuda.
b) Una descripción completa de la explotación del solicitante en la que se van a mantener los animales objeto de solicitud.
c) Una declaración del solicitante respecto del número de animales por los que solicita la ayuda y las condiciones de estos para optar a la concesión de la misma.
d) Una declaración del solicitante en la que se indique que no figura como titular de ganadería inscrita en el libro genealógico de la raza adquirida en la subasta.
e) El compromiso explícito del mantenimiento en su explotación de los animales objeto de solicitud durante el período mínimo de tres años.
3. No presentar defectos descalificantes.
a) La identificación de los animales por los que se solicitan las ayudas, de acuerdo con lo dispuesto en los Reales Decretos 205/1996, de 9 de febrero, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina, y 1980/1998, de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina, en su caso.
b) Una declaración del solicitante respecto de su conocimiento de la normativa nacional que regula la concesión de la ayuda.
c) Las advertencias contenidas en el apartado 1 del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
4. Las solicitudes de ayuda irán acompañadas, al menos, de los siguientes documentos:
a) Fotocopia DNI/CIF.
b) Fotocopia de la página o páginas del libro de registro de la explotación, en las que figuren las inscripciones correspondientes a los animales.
c) Certificación de la Asociación del Libro Genealógico correspondiente a la raza de los animales adquiridos.
d) Acreditación de la adquisición de los animales en la subasta.
e) Acreditación de la titularidad de la cuenta o libreta por parte del solicitante.