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PROYECTOS DE I+D AGROALIMENTARIA CONCERTADOS

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8 de Enero de 2002
Objetivo: 

Fomentar las acciones encaminadas a intensificar los procesos de incorporación de innovaciones y transferencia de tecnología hacia el sector agroalimentario andaluz a través del desarrollo de actuaciones conjuntas con la Consejería de Agricultura y Pesca.

Convocatoria de las ayudas de tipo A para la realización de proyectos concertados de investigación y desarrollo en el campo de las ciencias agrarias y alimentarias, reguladas en la Orden de 25 de abril de 1997.

Concepto: 

Realización de proyectos concertados de investigación y desarrollo en el campo de las ciencias agrarias y alimentarias, dentro de las áreas prioritarias que se definen:

1. Diversificación y mejora de los sistemas de producción agraria, ganadera, pesquera y acuícola.

2. Seguridad alimentaria.

3. Cultivos alternativos no alimentarios.

4. Conservación de los recursos de suelo y agua en la agricultura.

5. Impacto ambiental de las actividades agrícolas y ganaderas.

6. Mejora de las técnicas de cultivos protegidos.

7. Métodos para limpiar el uso de productos pesticidas y fertilizantes.

8. Mecanización de la recolección y la poda.

9. Mejora de la tecnología de la post-recolección de frutas y hortalizas.

10. Agricultura ecológica.

11. Sanidad y bienestar animal.

12. Identificación y conservación de razas autóctonas.

13. Técnicas para el aumento de la mejora genética y la fertilidad de los rebaños.

14. Tecnología de los procesos: Caracterización, elaboración y presentación de productos alimentarios.

15. La industria agroalimentaria: Optimización de recursos de la industria agroalimentaria.

16. Tecnología y utilización de cultivos y subproductos para destinos energéticos e industriales.

17. Desarrollo rural, pluriactividad, diversificación de actividad y complementariedad de rentas.

18. Análisis de mercados para producciones artesanas y agroalimentarias de calidad.

19. Diseño y análisis de modelos de gestión avanzados de explotaciones agrarias.

20. Análisis de oferta y la demanda de productos agrarios.

Beneficiario: 

Podrán solicitar las ayudas las Organizaciones Profesionales Agrarias, las Federaciones andaluzas de Empresas y de Cooperativas Agrarias, así como otras entidades públicas y privadas que desarrollen su actividad en el ámbito agroalimentario de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Periodo: 

Para el periodo 2001/2002 el plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir de 9 de enero de 2002.

Importe: 

La cuantía máxima de las ayudas será del 90% del presupuesto real del proyecto tras su evaluación por Comités de expertos, correspondiéndole al beneficiario la cofinanciación restante. Los fondos destinados a la compra de material y equipo no podrán exceder el 30% de la ayuda que se conceda.

El abono de las ayudas se realizará en dos pagos:

a) El primer pago en el año 2002 por importe del 75% de la ayuda, previa presentación de una memoria del inicio de las actividades desarrolladas hasta el 15 de junio de 2002 y de acuerdo con lo establecido en el artículo decimoquinto de la Orden de 25 de abril de 1997, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se regula la concesión de ayudas, para la realización de actividades de investigación y desarrollo en el campo de las ciencias agrarias y alimentarias.

b) El segundo pago en el año 2003, por el importe restante, previa presentación de una memoria final técnico-económica (presentada en papel escrito y opcionalmente en soporte informático) que contemplará las actuaciones desarrolladas, así como la justificación documental de los gastos realizados. Dicha justificación deberá presentarse antes del 30 de octubre de 2003.

Solicitud: 

Las solicitudes de ayudas, suscritas por el representante legal de la entidad, se ajustaran al modelo que figuran en el Anexo I de la presente Resolución, debiendo ser acompañadas del proyecto de actividades conforme al modelo que se establece en el Anexo II. Dichos modelos de Anexos I y II pueden obtenerse en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca, dirección www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca, la presentación se hará en papel y opcionalmente además de podrá realizar en soporte informático.

Deberá prever su coordinación por personal técnico de la Consejería de Agricultura y Pesca, que será designado al efecto.

Asimismo, deberá acompañarse de la documentación establecida en la Orden de 25 de abril de 1997.

Sábado, 20 de Abril de 2024
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