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Subvenciones destinadas a la promoción de las mujeres en el medio rural

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17 de Julio de 2014
Objetivo: 

Se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos que contribuyan a la promoción de las mujeres del medio rural.

Convocatoria 2014:

El objeto de la presente orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2014, destinadas a la promoción de las mujeres del medio rural, previstas en la Orden APA/1899/2006, de 6 de junio y sus modificaciones.

Concepto: 

La política europea de desarrollo rural tiene entre sus objetivos la plena incorporación de la mujer a la sociedad rural, basada en el principio de igualdad de oportunidades. Podrán concederse ayudas a los proyectos presentados por los beneficiarios a los que se refiere el artículo 2, para realizar las actividades que se relacionan a continuación, con el siguiente orden de prioridad:

a) Promoción y asesoramiento para la creación de empresas innovadoras de producción agraria primaria en el medio rural, que puedan proporcionar nuevos empleos ocupados mayoritariamente por mujeres. Los principales ámbitos de actuación serán la utilización de productos ociosos o subempleados, la incorporación de valor a los productos agrarios y la búsqueda de salidas en el mercado para los mismos, la utilización de nuevas tecnologías, así como la contribución a la diversificación económica de la zona y la prestación de servicios que faciliten la conciliación de la vida laboral y familiar.

b) Realización de estudios con enfoque de género en el medio rural.

c) Asistencia a foros de intercambio de conocimientos o actividades similares, tanto de ámbito nacional como internacional, que contemplen específicamente la situación de la mujer en el medio rural.

Beneficiario: 

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades previstas en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que desarrollen actividades incluidas en el artículo 3 de dichas bases y que cumplan los criterios de valoración previstos en su artículo 5 y que se exponen en el apartado quinto de esta orden.

 

Periodo: 

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», y deberán ir acompañadas de la documentación que se detalla en el apartado siguiente (fecha de publicación 17/07/2014).

Importe: 

La cuantía máxima de la ayuda será de hasta el 80 por cien del importe de la parte del proyecto subvencionado, sin superar por beneficiario el 30 por cien de la dotación presupuestaria anual disponible prevista para esta finalidad en los Presupuestos Generales del Estado. Las subvenciones se concederán teniendo como límite las dotaciones específicas que existan en los Presupuestos Generales para cada año. La orden de convocatoria en cada ejercicio determinará la cuantía máxima total de las ayudas destinadas a la promoción de actividades de la mujer rural. Cuando las dotaciones presupuestarias anuales no sean suficientes para que las entidades con derecho a subvención reciban las ayudas máximas establecidas, la subvención se otorgará proporcionalmente a la puntuación obtenida por cada una de ellas.

 

Solicitud: 

as solicitudes de ayuda, acompañadas de la correspondiente documentación, se dirigirán al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de acuerdo con el modelo establecido en el anexo I, y se presentarán en el Registro General del Departamento (Paseo Infanta Isabel, numero 1, 28071 Madrid), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, se admitirá la presentación electrónica de las solicitudes, conforme a lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, en cuyo caso no será necesaria la compulsa de documentos.

 

Jueves, 28 de Marzo de 2024
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