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Subvenciones para el apoyo a la mejora e innovación de la distribución de productos ecológicos

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16 de Julio de 2013
Objetivo: 

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al apoyo a la comercialización en exclusiva de productos ecológicos, entendiéndose como tales los productos agrícolas definidos en el apartado 6 de las directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013 (DO C 319, de 27.12.2006), a excepción de los que imiten o sustituyan a la leche o productos lácteos y de los productos del corcho, y que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa reguladora de la producción ecológica, comunitaria, estatal y autonómica.
 

Convocatoria 2013:

Se convocan para el año 2013, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas previstas en la Orden de 8 de marzo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para el apoyo a la mejora e innovación de la distribución de productos ecológicos, modificada por la Orden de 15 de julio de 2009 y por la Orden de 16 de noviembre de 2011.

Concepto: 

Serán subvencionables los siguientes gastos derivados de las inversiones indicadas en apartado 1 del artículo 6: a) Gastos de mejora y acondicionamiento de locales e instalaciones. b) Gastos de adquisición e instalación de equipos y maquinaria nuevos, hasta el valor de mercado del producto, incluidos los informáticos, así como el software, siempre que estén relacionados con la ejecución del proyecto para el que se solicita la ayuda. c) Gastos generales vinculados a los gastos ontemplados en las letras a) y b), tales como honorarios de consultores o cualquier otro tipo de asesoramiento externo, estudios de viabilidad, asistencia técnica, licencias, permisos o gastos de traspaso de puestos en mercados municipales de abastos, hasta un límite del 12% de la inversión subvencionable. 2. Para la implantación de un servicio de gestión comercial sólo serán subvencionables los costes salariales, que incluyen el salario bruto, antes de impuestos y las cotizaciones obligatorias, como las cargas sociales, relativos a la contratación de personal técnico y administrativo.

Beneficiario: 

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en la presente Orden las personas físicas y jurídicas que ejerzan y asuman las actividades de comercialización de productos agrícolas y ganaderos ecológicos en Andalucía, sean responsables finales de la financiación de inversiones, y que sean titulares de microempresas, pequeñas y medianas empresas entendiéndose como tales las que reúnan los requisitos del artículo.

Periodo: 

Convocatoria 2013:

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. (publicada el 01/07/2013).

Importe: 

La cuantía de las subvenciones no podrá superar los siguientes máximos: 1. Para los gastos indicados en el apartado 1 del artículo 8, las subvenciones totales que se concedan no podrán superar el 50% del coste subvencionable, hasta un importe máximo de subvención de 100.000 euros. 2. Los gastos de contratación de personal técnico y/o administrativo podrán solicitarse para tres años consecutivos, para un máximo de 2 personas, con una intensidad máxima del 75% de subvención total de sueldo anual el primer año, 50% el segundo y 25% el tercero, limitándose a 200.000 euros la cantidad total de ayudas de minimis durante un periodo de tres ejercicios fiscales, y a las siguientes cantidades anuales máximas subvencionables por técnico y administrativo contratado: a) Técnico: 22.000 euros. b) Administrativo: 15.000 euros.»

Solicitud: 

De conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, las solicitudes podrán ser presentadas utilizando medios electrónicos conforme se establece en el artículo 13.5 de la Orden de 8 de marzo de 2008. Además, el estado de tramitación del procedimiento de concesión de estas ayudas podrá ser consultado por las personas interesadas, previa identificación, a través de la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca, en la dirección http://www.juntadeandalucia.es/agriculturapescaymedioambiente, en la que figurarán los actos de trámite realizados, su contenido y fecha en que fueron dictados.

Jueves, 28 de Marzo de 2024
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