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Subvenciones para la contratación de seguridad privada a bordo en los buques atuneros congeladores que actualmente operan en el Océano Índico

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2 de Julio de 2011
Objetivo: 

El presente real decreto tiene por objeto regular el procedimiento de concesión directa de una subvención de carácter excepcional para el desarrollo de acciones que contribuyan a aumentar la seguridad de los tripulantes de la flota española de atuneros congeladores, que actualmente faenan en el Océano Índico, a través de la contratación de servicios de seguridad privada a bordo.

Las ayudas reguladas en el presente real decreto irán destinadas únicamente y como medida excepcional a la financiación de los costes de contratación de seguridad privada para los diecisiete buques de la flota española de atuneros que actualmente faenan en aguas del Índico.

Beneficiario: 

Serán beneficiarios de las presentes subvenciones de carácter excepcional los armadores de los siguientes buques, que componen la flota española de atuneros congeladores que actualmente faenan en el Océano Índico:

a)    Buque Alakrana.

b)    Buque Albacan.

c)    Buque Albacora cuatro.

d)    Buque Albatun Dos.

e)    Buque Campo Libre Alai.

f)    Buque Elai Alai.

g)    Buque Felipe Ruano.

h)    Buque Izurdia.

i)    Buque Playa de Anzoras.

j)    Buque Playa de Aritzatxu.

k)    Buque Txori Argi.

l)    Buque Txori Gorri.

m)    Buque Txori Toki.

Así como los siguientes buques de apoyo:

n)    Buque de apoyo Alakrantxu.

o)    Buque de apoyo Ortube Berria.

p)    Buque de apoyo Archanda.

q)    Buque de apoyo Taraska.

Periodo: 

La documentación justificativa será presentada, para el primero de los pagos, en
un plazo máximo de un mes una vez dictada la resolución de concesión, y para el segundo de los pagos en un plazo máximo de 15 días tras la finalización de la actividad subvencionada, ante la Dirección General de Ordenación Pesquera.

Importe: 

La subvención alcanzará un importe máximo del 25 por ciento del coste total de los servicios contratados, con un límite de 1.733.412,85 euros que se imputarán a la aplicación presupuestaria 23.16.415B.470 del presupuesto de gastos para el año 2011 del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

Para aquellos buques cuyo puerto base radique en las Ciudades de Ceuta y Melilla el importe máximo podría elevarse hasta un 50 por ciento del coste del servicio contratado.

Como medida general para todos los buques incluidos en el presente real decreto, el importe de la subvención estará destinado a cubrir los costes ocasionados por la contratación de servicios de personal de seguridad privada, exceptuando los costes de viajes, desplazamientos, armamento, munición, así como la custodia de la misma.

Las ayudas tendrán carácter retroactivo, iniciándose el periodo subvencionable el 1 de diciembre de 2010 y finalizando el 31 de octubre de 2011. En ningún caso podrán percibirse ayudas por el mes de diciembre de 2010 y de enero de 2011 si ya se percibieron al amparo del Real Decreto 1257/2010, de 8 de octubre, por el que se regulaba la concesión directa de subvenciones para la contratación de seguridad privada a bordo en los buques atuneros congeladores que actualmente operan en el Océano Índico.

La cuantía máxima individual de la ayuda será de 95.000 euros para los buques principales y de 75.250 euros para los buques de apoyo.

De las condiciones generales de financiación, se exceptúan los buques con puerto base en las Ciudades de Ceuta y Melilla, cuya cuantía máxima individual ascenderá a 190.000 euros para los buques principales y 150.500 euros para los buques de apoyo.

La subvención será compatible con otras ayudas, siempre que la suma de las aportaciones recibidas, incluida la que se regula en el presente real decreto, no supere el 50 por ciento del coste total de la actividad subvencionada.

Martes, 23 de Abril de 2024
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