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SEGURO COMBINADO Y DE DAÑOS EXCEPCIONALES EN COLZA

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16 de Septiembre de 2009
Objeto: 

En la Orden se establece el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro combinado y de daños excepcionales en colza, que cubre los riesgos de pedrisco, incendio e inundación-lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales

Estas condiciones están de acuerdo con el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2005, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de diciembre de 2004, y con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados y su Reglamento.

La Administración General del Estado concederá subvenciones al pago de las primas, a los asegurados que suscriban estos seguros.

Las pólizas y tarifas correspondientes a estos seguros únicamente podrán suscribirse a través de las entidades integradas en el cuadro de coaseguro de la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, Sociedad Anónima.

Concepto: 

La Orden recoge aspectos de:

Cobertura: todas las variedades de colza, consideradas como clase única.

Ámbito de aplicación: todas las parcelas tanto de secano como de regadío que se encuentren situadas en las Comunidades Autónomas, provincias y comarcas siguientes:

Álava, Albacete, Badajoz, Barcelona, Burgos, Cáceres, Cádiz, Ciudad Real, Córdoba, Cuenca, Girona, Huelva, Huesca, Jaén, León, Lleida, Madrid, Málaga, Navarra, Palencia, Sevilla, Soria, Tarragona (comarcas de Conca de Barberá y Segarra), Toledo, Valladolid, Zamora (comarcas de Benavente y Los Valles, Campos-Pan y Duero Bajo) y Zaragoza.

Periodo de Garantías: se inician con la toma de efecto, una vez finalizado el período de carencia y nunca antes de que se alcance el estado fenológico «E» (yemas separadas en la inflorescencia principal)en, al menos, el 50 por 100 de las plantas de la parcela asegurada y abarcarán hasta la recolección con las fechas límite siguientes:

El 15 de junio para las provincias de Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.

Periodo: 

El período de suscripción se iniciará el 1 de marzo y finalizará en todas las provincias el 30 de abril

Domingo, 16 de Junio de 2024
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