Quedan sujetas al ámbito de aplicación del Reglamento técnico las plantas de vivero de vid que se comercialicen de las distintas especies cultivadas del género botánico «Vitis L.», así como sus híbridos interespecíficos e intervarietales.
CAPÍTULOS:
- Ámbito de aplicación.
- Definiciones y categorías.
- Variedades comerciales.
- Producción de plantas de vivero.
- Condiciones del material de multiplicación.
- Controles.
- Comercio exterior.
- Régimen sancionador Infracciones y sanciones.
ANEXOS:
I - Condiciones referentes a la producción.
II - Condiciones referentes al material de multiplicación.
III - Composición de los haces o embalajes.
IV - Etiqueta.
V - Organismos nocivos.
VI - Albarán.
VII - Producción por multiplicación en verde.