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Comité Asesor del Plan de Estudios

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30 de Noviembre de 2010
Objeto: 

La presente orden tiene por objeto regular los objetivos, contenidos e instrumentos de gestión del plan de estudios del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

El plan de estudios tendrá por objetivos: reforzar la coordinación interna de los estudios realizados por los diferentes centros directivos del Departamento, asegurar su coherencia con la estrategia y objetivos prioritarios del Departamento, fomentar la calidad de los estudios, favorecer la difusión de sus resultados y constituir un fondo documental que recoja los mismos favoreciendo su puesta en valor.

Concepto: 

Los ejes estratégicos del plan de estudios constituyen las directrices estratégicas del Departamento en materia de estudios. Tendrán un carácter plurianual y se renovarán periódicamente, participando en su elaboración los centros directivos del Departamento y el Comité asesor del plan de estudios.

El plan de estudios del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino es una acción plurianual destinada a la coordinación, puesta en valor y difusión de los estudios desarrollados en el Departamento, alineándolos con sus ejes estratégicos.

El Programa Anual de Estudios del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino es la acción que materializa el plan en el corto plazo, definiendo los estudios específicos que se realizarán cada año.

Se considerarán estudios, con carácter general, aquellas actuaciones destinadas a generar conocimiento relacionado con las competencias del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que se ejecuten a través de medios externos al Departamento, empresas públicas incluidas.

b) Que se contraten mediante cualquiera de los procedimientos de adjudicación establecidos en la normativa vigente de contratos del sector público o en la normativa específica aplicable, o bien se realicen a través de convenios firmados por el Departamento.

c) Que su desarrollo implique la recopilación de datos en gabinete o en campo y su posterior sistematización u ordenación, análisis, extracción de conclusiones y, en su caso, recomendaciones, que deberán ser plasmadas en un documento o conjunto de documentos.

Martes, 25 de Junio de 2024
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