El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado las condiciones de los seguros de explotación de caqui, enmarcados en Plan 2010 de Seguros Agrarios Combinados.
La Orden del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM), publicada en el BOE, define las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro combinado y de daños excepcionales en este cultivo.
Explica que son asegurables, con cobertura de los riesgos de pedrisco, helada, viento, inundación-lluvia torrencial y garantía de daños excepcionales, las producciones cultivadas de caqui susceptibles de recolección dentro del periodo de garantía y ubicadas en el ámbito de aplicación establecido.
También son asegurables las plantaciones jóvenes (plantones) durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producción.
En la suscripción de este seguro, y para acogerse a sus beneficios, se consideran clase única todas las variedades asegurables de caqui, así como las plantaciones jóvenes durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producción.
La Orden añade que no son asegurables, y por tanto quedan excluidas de la cobertura del seguro, las parcelas destinadas a experimentación o ensayo, tanto de material vegetal como de técnicas o prácticas culturales, las que se encuentren en estado de abandono, las destinadas a autoconsumo situadas en huertos familiares y las de árboles aislados.
Respecto al período de suscripción y dentro de lo establecido en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, los plazos para el seguro combinado se inician desde el 1 de noviembre de 2010 hasta finalizar, en el caso de las provincias de Alicante, Castellón, Huelva y Valencia, el 10 de febrero de 2011.
En el resto de provincias, el plazo se prolonga hasta el 30 de abril de 2011.
En cuanto al seguro complementario, el periodo de suscripción se iniciará el 15 de junio de 2011 y finalizará el 15 de agosto de 2011.