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El MARM convoca ayudas destinadas a la innovación tecnológica en el medio rural para el ejercicio 2011

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7 de Febrero de 2011
Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino

Los beneficiarios serán, entre otros, las organizaciones profesionales agrarias y sindicales así como aquellas que representen a colectivos con dificultades de inserción y estén vinculadas al medio rural de ámbito estatal.

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado una Resolución por la que se convocan ayudas, por un importe total de 1.000.000 euros, destinadas a la innovación tecnológica en el medio rural, para el ejercicio 2011.

Los beneficiarios de estas ayudas serán organizaciones profesionales agrarias de carácter general, organizaciones sindicales y organizaciones que representen a colectivos con dificultades de inserción que estén vinculadas al medio rural, así como entidades constituidas en Redes de Desarrollo Rural. También se incluyen las federaciones de comunidades de regantes y entidades relacionadas con la conservación de la naturaleza, el fomento de la producción ecológica y el desarrollo sostenible del medio rural.

Según establece la Resolución, las subvenciones se otorgarán a los beneficiarios para las actividades desarrolladas desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre de 2011.

Estas ayudas se destinarán a costear los gastos correspondientes a redes y aulas telemáticas con aplicación de las tecnologías de la información, así como a programas informáticos para la aplicación didáctica y divulgativa en el medio rural, incluida la aplicación de tecnología de banda ancha.

También serán subvencionables los gastos de diseño, desarrollo y gestión de aplicaciones y plataformas tecnológicas que faciliten el trabajo en red, la formación y el tele-trabajo, así como los de herramientas informáticas y nuevas tecnologías en general destinadas a la sistematización de toma de datos socioeconómicos y técnicos para su posterior análisis, tratamiento y divulgación.

En cuanto a la cuantía individual de la ayuda, ésta no podrá superar el 80% del importe subvencionable de la actividad a realizar en cada ejercicio, sin superar por beneficiario el 25% de la dotación anual disponible.

Jueves, 20 de Junio de 2024
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