Mediante la creación de dicha reserva se establece un régimen de protección especial en aquellas zonas que son especialmente idóneas para la cría y engorde de moluscos bivalvos.
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la
Orden de 1 de abril de 2011 para la creación de una reserva marisquera
en el litoral de la provincia de Huelva y que modifica la Orden de 24
de septiembre de 2008, por la que se regula la obtención, renovación y
utilización de los carnés profesionales de marisqueo a pie en el
litoral andaluz. Esta nueva norma tiene como objeto contribuir a la
conservación de los principales bancos de coquinas del Golfo de Cádiz
–localizados en las desembocaduras de los ríos Guadiana y Piedras, y
Odiel y Tinto, este último, frente a la costa del término municipal de
Punta Umbría-, ayudando a garantizar la protección de los recursos
marisquero de la costa de Huelva y favoreciendo, así, el mantenimiento
de una actividad económica artesanal en esta provincia.
Mediante la creación de dicha reserva se establece un régimen de
protección especial en aquellas zonas que, por sus características
físico-químicas, geomorfológicas y ambientales, son especialmente
idóneas para la cría y engorde de moluscos bivalvos, mayoritariamente
de coquinas, como es el caso de las desembocaduras y deltas de los
ríos, gracias a su rico aporte de nutrientes. Se excluyen de dicho
régimen las zonas pertenecientes al Espacio Natural de Doñana, que ya
cuentan con un régimen especial de protección medioambiental.
La delimitación del área protegida afecta a zonas de aguas
exteriores e interiores y permitirá establecer una ordenación de las
modalidades de marisqueo profesional que se dan en el litoral de
Huelva, autorizándose dentro de los límites de la reserva sólo la
actividad del marisqueo a pie y marisqueo en inmersión. En el caso de
las embarcaciones marisqueras, únicamente podrán entrar en el área de
reserva en su ruta hacia puerto o zonas autorizadas, y limitando su
velocidad a 6 nudos, salvo en caso de fuerza mayor o condiciones
adversas, que deben comunicarse a la Dirección General de Pesca y
Acuicultura, al objeto de que se realicen las comprobaciones oportunas.
Respecto a la pesca profesional, esta actividad queda prohibida
dentro de la reserva marisquera localizada en aguas interiores, en
cualquiera de sus modalidades, mientras que sí se podrá practicar la
pesca recreativa, ateniéndose a la regulación establecida con carácter
general para esta actividad.
Con objeto de determinar la evolución de los bancos de moluscos en
esta reserva marisquera del litoral de Huelva, la Consejería llevará a
cabo estudios de evaluación y seguimiento científico de dichos
recursos, cuyos resultados se plasmarán en un informe anual.
- Documentos adjuntos
- mapa delimitación zonas reserva marisquera