El Ministerio de Agricultura (MAPA) ha hecho publico los baremos de indemnización por el sacrificio obligatorio de los animales objeto de los programas nacionales de control de salmonella en aves preproductoras y ponedoras del género «Gallus gallus», que se hayan producido desde el 1 de enero de 2008.
La Orden ministerial que publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), y que entra en vigor hoy, recoge las distintas categorías de aves afectadas por esta en enfermedad.
Entre ellas destaca las "bisabuelas", que son las aves reproductoras de estirpe selecta destinada a la producción de huevos para incubar y destinadas a la producción de abuelas.
También afecta a las aves "abuelas", que son las reproductoras de estirpe selecta, procedente del cruce de "bisabuelas", destinadas a la producción de huevos para incubar y cuyo objeto es la producción de aves de cría.
Acoge a las "reproductoras pesadas", que son las aves reproductora de la especie «Gallus gallus» de estirpe selecta destinada a la producción de huevos para incubar destinados a la producción de aves de explotación para la producción de carne.
Además están las "reproductoras ligeras y semipesadas", que son las aves de la especie «Gallus gallus» de estirpe selecta destinada a la producción de huevos para incubar destinados a convertirse en aves de explotación.
De igual forma están en estos programas las gallinas de la especie «Gallus gallus» o ponedoras destinadas a la producción de huevos para consumo.
En relación con la indemnización por sacrificio obligatorio, detalla que el sacrificio obligatorio de los animales será ordenado por la autoridad competente dentro de la aplicación de los programas nacionales de control y dará derecho a la correspondiente indemnización por sacrificio obligatorio.
Hace hincapié en que en todos los casos, la edad de las aves, a efectos de la indemnización, será la que tuvieran los animales en el momento en que la autoridad competente ordene el sacrificio obligatorio.
Advierte de que únicamente tendrán derecho a indemnización aquellos propietarios de ganado que hayan cumplido con la normativa vigente en materia de sanidad animal.