Los documentos posibilitarán el impulso de la actividad pesquera, náutico-recreativa y de actividades complementarias.
La Consejería de Obras Públicas y Vivienda
ha acordado la formulación de los Planes Especiales de Ordenación de
las instalaciones portuarias de El Terrón, ubicadas en el municipio
onubense de Lepe y del Puerto de Barbate en Cádiz. Estos Planes
Especiales permitirán la ordenación urbanística de estas instalaciones y
supondrá la racionalización y mejora de las infraestructuras ya
existentes.
El ámbito del Plan Especial del Puerto de El Terrón
cubre una extensión aproximada de 95.000 metros cuadrados, de los que
44.000 corresponden a espacios terrestres, una vez acometidas las
modificaciones del recinto portuario propuestas en el plan de usos y los
51.000 metros restantes a la lámina de agua. Estas modificaciones
consistieron en la reversión al domino público marítimo terrestre de una
superficie situada al norte del ámbito portuario y perteneciente al
Paraje Natural Marismas del río Piedras, que por su alto valor ecológico
quedará desafectada del uso portuario, así como la incorporación al
dominio portuario de otros 20.900 metros cuadrados situados al noreste
del recinto de El Terrón para completar el desarrollo de las
instalaciones náutico-recreativas previstas.
La ordenación
urbanística propuesta supondrá la mejora de unas instalaciones que son
actualmente soporte de la actividad pesquera, náutico-recreativa y
actividades complementarias de las anteriores. De hecho, la ordenación
plantea la consolidación de un máximo de 400 embarcaciones entre
atraques y fondeos.
El Puerto de El Terrón se acoge al plan de
usos de los espacios portuarios de la Ría del Piedra, aprobado en 2009 y
en cuya zona de servicio se localizan cinco ámbitos con actividad
portuaria definida, que se corresponden con los puertos de El Terrón y
El Rompido, y las instalaciones existentes en la Punta de la Barreta,
San Miguel-Los Pinos y Nuevo Portil-Caño de la Culata.
Puerto de Barbate
El
Plan Especial cubre una extensión de 658.000 metros cuadrados, que
corresponden a las aguas no abrigadas, aguas abrigadas, obras de abrigo e
infraestructuras y espacios terrestres útiles. Una vez cometidas las
modificaciones del recinto portuario propuestas en el plan de usos, se
contempla que los espacios terrestres útiles alcancen una extensión
próxima a los 185.000 metros cuadrados.
La ordenación propuesta
significa la definición de un recinto portuario funcionalmente operativo
de más de 525.636 metros cuadrados, con el objeto de mejorar la
infraestructura y equipamiento portuario para el desarrollo de las
actividades del sector pesquero y ampliar la oferta de servicios e
infraestructuras a flota y tripulación de recreo, articulando las
relaciones del espacio portuario con su entorno, de acuerdo con las
determinaciones de orden territorial y urbano.
La Ley de Régimen
Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía señala que el sistema
general de cada puerto se desarrollará urbanísticamente mediante un plan
especial de ordenación, que será redactado por la Agencia Pública de Puertos de Andalucía
y que será formulado por la Consejería competente en materia de
urbanismo, en este caso Obras Públicas y Vivienda. El Plan deberá ser
aprobado inicialmente por la Dirección General de Urbanismo, tras lo
cual será sometido a información pública por plazo de un mes. La
Dirección General será la competente para la aprobación provisional,
mientras que la definitiva corresponderá a la persona titular de la
Consejería.