La resolución de la Junta se aplicará durante la temporada de caza 2012-2013 y podrá quedar suspendida cuando se constate que han desaparecido los riesgos
La Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente
ha declarado como área de emergencia cinegética temporal a 137
municipios de las provincias de Cádiz, Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla,
con el fin de controlar el incremento de las poblaciones de conejo y
evitar daños en las producciones agrarias.
Esta resolución de la Junta, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA),
se aplicará durante la temporada de caza 2012-2013 y podrá quedar
suspendida cuando se constate que han desaparecido las causas que
motivaron la declaración de dichas áreas. La iniciativa se lleva a cabo
por cuarto año consecutivo, tras los buenos resultados obtenidos en
temporadas anteriores en el control de los daños causado por el conejo
silvestre (Oryctolagus cuniculus) y para dar respuesta a las reiteradas
peticiones de los agricultores.
De esta manera, la Consejería ha declarado en los terrenos
cinegéticos de los municipios afectados la ampliación del número de
autorizaciones para la captura de conejos mediante el empleo de hurón y
redes y capturaderos. Esta resolución permite también incrementar el
número de cazadores hasta alcanzar los quince por cada 250 hectáreas en
cada jornada, e incluso podrán incrementarse en dos más por cada
fracción de 100 hectáreas. Para el empleo de perros, el periodo hábil
será el comprendido entre el 15 de agosto y el 10 de febrero y no se
podrán utilizar más de tres perros por cazador.
Por otra parte, el periodo hábil para la caza con armas de
fuego y con medios auxiliares como la cetrería se ampliará desde el 10
de septiembre al 6 de octubre y desde el 3 de diciembre al 28 de abril.
Serán hábiles todos los días de la semana. A lo largo del periodo hábil
de la media veda y periodo general de la temporada de caza 2012-2013,
que transcurre del 8 de julio al 9 de septiembre y del 7 de octubre al 2
de diciembre, respectivamente, se aplicarán las medidas contempladas en
los planes técnicos de caza y las fijadas en la Orden de 13 de junio de
2012, que modifica la Orden de 3 de junio de 2011 y en la que se fijan
las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Para que el colectivo de los cazadores se centre en la
reducción de daños a los cultivos ocasionados por los conejos silvestres
en las producciones agrícolas, se han suspendido las sueltas y
repoblaciones de esta especie, así como las medidas para proceder al
control de predadores, sin perjuicio del derecho que los propietarios de
terrenos o titulares de cotos de caza tienen al aprovechamiento
cinegético con armas de fuego, durante el período hábil de las especies
incluidas en el Anexo I D) del Reglamento de Ordenación de la Caza, todo
ello conforme a lo previsto en los planes técnicos de caza de los cotos
afectados. La declaración de área de emergencia fue acordada en el
Comité de Caza celebrado el 12 de abril de 2012, dando continuidad a las
medidas de control de daños de conejos para la nueva temporada 2012-
2013.
Censo
Desde 1998, la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio
Ambiente realiza censos de conejo, en el marco del Programa de
Seguimiento de Especies cinegéticas de Caza Menor en Andalucía, con un
histórico de densidades que permite estudiar la evolución de las
poblaciones y su tendencia actual. Aunque la densidad media para el
conejo en el conjunto de Andalucía puede considerarse como baja, existen
poblaciones localmente altas que ocasionan daños, situadas en su
mayoría en los términos municipales incluidos en las áreas cinegéticas
afectadas por esta declaración.
La Ley 8/2003 de la flora y fauna silvestres y el reglamento
de ordenación de la caza aprobado por decreto 182/2005 prevén que,
cuando exista una situación de emergencia que conlleve daños o
situaciones de riesgo para las especies cinegéticas o sus hábitats, la
Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente pueda adoptar, con la
debida justificación, medidas cinegéticas excepcionales como la
declaración de áreas de emergencia temporal.