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Normativas de Agricultura

Normativas de Agricultura

16-09-2009
Objeto:

1. La presente Orden tiene por objeto establecer y adaptar las normas de aplicación en Andalucía del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, previsto en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, y en Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la PAC.

2. Asimismo, se dictan las normas transitorias relativas a la aplicación de las medidas agroambientales aprobadas al amparo del Reglamento (CEE) 2078/1992, del Consejo, de 30 de junio, sobre métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de la protección del medio ambiente y de la conservación del espacio natural, y el Reglamento (CE) 1257/1999, del Consejo, de 17 de mayo, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (en adelante, FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos.

16-09-2009
Objeto:

Establecer un plan de pesca de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral surmediterráneo.

16-09-2009
Objeto:

Se ordena la vacunación de emergencia de animales adultos de las especies ovina y caprina como herramienta sanitaria de probada eficacia para cortar la excreción brucelar en animales enfermos en determinados municipios y comarcas.

16-09-2009
Objeto:

Por Decreto 101/98, de 12 de mayo (BOJA, 16.5.98) fue aprobado el Plan de Transformación de la Puesta en Riego de la Zona regable de Villamartín (Cádiz). El citado Plan de Transformación divide la actuación de la zona regable en tres sectores hidráulicos.

Mediante Orden de 3 de marzo de 1999 fue aprobado el Plan de Obras de la zona regable, clasificándose las obras contenidas en dicho proyecto como de interés común.

Que por Resolución de la Presidencia del IARA. De fecha 21.9.01, se aprobó técnicamente el proyecto de ¿Puesta en Riego de la Zona Regable de Villamartín (Cádiz). Fases I, II y III¿ y ordena la ejecución de la Fase I por Administración a través de la Empresa Pública para el Desarrollo Agrario y Pesquero de Andalucía, S.A., como medio propio de la Administración, con un presupuesto de ejecución por administración que ascendía a 5.939.820,56 euros.

La Comunidad de Regantes ¿Llanos de Villamartín¿, mediante acuerdo de su Asamblea General ha solicitado que las obras se ejecuten en una sola fase y, en consecuencia, es imprescindible dotarlas del crédito necesario, correspondiente a las fases II y III contempladas inicialmente, que asciende a 8.542.649,21 euros.

16-09-2009
Objeto:

La Directiva 70/373/CEE establece que los controles oficiales de la alimentación animal, efectuados con objeto de comprobar que se cumplen las condiciones prescritas en las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a su calidad y composición,

deben efectuarse siguiendo métodos comunitarios de toma de muestras y de análisis.

Las disposiciones en materia de etiquetado de los piensos y las que prohíben el uso de ciertos tipos de proteínas animales en la alimentación animal destinadas a determinadas categorías de animales exigen crear métodos de análisis fiables para detectar la presencia y, en su caso, el porcentaje de dichas proteínas.

16-09-2009
Objeto:

Se aprueban los requisitos generales que deberán cumplir los centros de manipulación y las industrias de transformación para la utilización del distintivo de la Marca de Garantía de Producción Integrada de Andalucía.

16-09-2009
Objeto:

Establecer normassobre la participación de los establecimientos de sacrificio autorizados que deseen colaborar en la tramitación de la primaal sacrificio de bovinos, prevista en el artículo 55 del Real Decreto 2353/2004, de 23 de diciembre.

16-09-2009
Objeto:

Permitir a Finlandia la comercialización de semillas de estas especies, sujeta a requisitos menos estrictos, durante un período que expire el 31 de mayo de 2005. Además, conviene autorizar a otros Estados miembros que estén en condiciones de suministrar a Finlandia semillas de dichas especies a permitir su comercialización, independientemente del hecho de que la semilla se haya recogido en un Estado miembro o en un tercer país que entre en el ámbito de la Decisión 2003/17/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2002.

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Lunes, 1 de Julio de 2024
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