Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
Para contribuir a la consecución de los objetivos de la PAC y a la ejecución de los compromisos contraídos a escala internacional, se instituye un programa comunitario para el período 2004-2006 destinado a completar y promover a escala comunitaria el trabajo emprendido en los Estados miembros en materia de conservación, caracterización, recolección y utilización de los recursos genéticos del sector agrario.
Se otorga la autorización a dicha Asociación para actuar como organismo privado de control, para la aplicación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del sistema de control de la agricultura ecológica y la certificación de productos ecológicos.
La Corrección dispone el sexto de los apartados de la sección dispositiva que había sido omitido en la Orden.
En los documentos que se proporcionan en la base legal, disponemos la renovación de la legislación reciente relativa a exportación e importación de productos agrarios, que tratan aspectos tales como la fijación y modificación de precios representativos, importes de los derechos adicionales, restituciones, derechos y valores globales de importación, ofertas para la exportación, licitaciones, etc.
Apruebar el Reglamento Específico de Producción Integrada de Zanahoria y Chirivía, que se incorpora como anexo a esta Orden.
Realización de un proyecto de desarrollo industrial para optimización de la gestión en acuicultura continental.
La Dirección General de Agricultura del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, considera conveniente y oportuno convocar la «II Demostración Internacional de Maquinaria y Equipos para Invernaderos», que con la colaboración de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, deberá celebrarse en el término municipal de Almería, el próximo día 16 de diciembre de 2004.
El agricultor que cultive producciones herbáceas extensivas de cereales de invierno, leguminosas grano, colza, cereales de primavera y girasol, podrá optar, para garantizar sus cultivos, entre asegurar aisladamente cada una de dichas producciones de acuerdo con el condicionado vigente en los seguros específicos, para cada uno de ellos, o asegurar la totalidad de los mismos de forma conjunta suscribiendo la póliza multicultivo
En la Orden se establece el objeto, el ámbito de aplicación, los precios y las fechas de suscripción en relación con la póliza multicultivo de producciones herbáceas extensivas.
Estas condiciones están de acuerdo con el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2004, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 2003, y con la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados y su Reglamento.
La Administración General del Estado concederá subvenciones al pago de las primas, a los asegurados que suscriban estos seguros.
Las pólizas y tarifas correspondientes a estos seguros únicamente podrán suscribirse a través de las entidades que se integran en el cuadro de coaseguro de la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, Sociedad Anónima.
Se prorroga la situación de reestructuración del sector industrial azucarero español hasta la campaña 2009/2010, inclusive.