Normativas de Agricultura
Normativas de Agricultura
El desarrollo de las especialidades aplicables a los mercados secundarios oficiales de futuros y opciones sobre el aceite de oliva.
La especialidad más destacable, es la previción de que otras entidades no financieras que se dediquen habitual e indistintamente a la producción, comercialización, mediación o distribución del aceite de oliva puedan acceder a la categoría de miembros del mercado.
Por este Real Decreto se incorporan los pimientos al régimen de denominaciones de origen, genéricas y específicas, establecido en la Ley 25/1970, de 2 de diciembre por la que se aprobó el Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes, y en la que se preveían nuevas incorporaciones de productos agrarios cuya protección de calidad tenga especial interés económico y social.
Se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para las industrias de obtención y elaboración de productos cárnicos de ganado vacuno, ovino, caprino y porcino, cuyo texto se incorpora en el Anexo de la presente Orden.
El objeto de la presente Orden es regular la captura y comercialización del erizo de mar (Paracentrotus lividus), erizo negro (Arbacia lixula) y la anémona de mar (Anemoniasulcata) en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La captura de estas especies sólo podrá realizarse en las zonas de producción de moluscos bivalvos, moluscos gasterópodos, tunicados y equinodermos marinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, declaradas mediante la Orden de 15 de julio de 1993, modificada por la de 25 de marzo de 2003.
La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento a seguir en la lucha contra la mosca del olivo en las zonas de producción de aceite de oliva de Andalucía, en el marco del programa de mejora de la calidad del aceite de oliva y de aceitunas de mesa para la campaña 2005/2006.